22-09-2021
Sesión: GP-216 SESIÓN ORDINARIA

LXIV Legislatura

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Tipo de sesión:

GP-216 Sesión Ordinaria

Fecha de Sesión:

22-09-2021

1 Aprobación del acta de la sesión anterior.

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2 Documentos en cartera.

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3 Iniciativa de la Diputada María de Jesús Mendoza Sánchez del Partido Acción Nacional, por la que se reforma el primer párrafo del artículo 42 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; así mismo se reforman la fracción III del artículo 3 y el primer párrafo del artículo 9 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

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4 Iniciativa del Diputado Mauro Cruz Sánchez del partido Morena, por la que se reforma el segundo párrafo, del artículo 38, de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

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5 Iniciativa del Diputado Saúl Rubén Díaz Bautista del partido Morena, por la que se reforma el segundo párrafo del artículo 41, de la Ley de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos de Desastres para el Estado de Oaxaca.

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6 Iniciativa del Diputado Pável Meléndez Cruz del partido Morena, por la que se adiciona la fracción X al artículo 227 del Código Penal para el Estado de Oaxaca.

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7 Proposición con punto de Acuerdo de la Diputada María de Jesús Mendoza Sánchez del Partido Acción Nacional, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, realiza un atento y respetuoso exhorto al Mtro. Juan Antonio Ferrer Aguilar Director General del Instituto de Salud para el Bienestar, y al Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Oaxaca Dr. Juan Carlos Márquez Heine, para que de manera coordinada se explore la posibilidad de conservar a los doctores, doctoras, enfermeras, enfermeros y personal administrativo necesario en las unidades hospitalarias de nuestro Estado, lo anterior a fin de garantizar el acceso a la salud de las y los oaxaqueños.

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8 Proposición con punto de Acuerdo del Diputado César Enrique Morales Niño del partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta al Poder Judicial y a los órganos constitucionalmente autónomos del Estado, para que participen conjuntamente con la Secretaría de Finanzas en el diseño de la propuesta de presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2022, desde la etapa de la construcción de la estructura programática, en términos del artículo 37 fracción I, de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

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9 Proposición con punto de Acuerdo del Diputado Luis Alfonso Silva Romo del partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta al Presidente Municipal de Oaxaca de Juárez y al Gobernador del Estado, para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones se avoquen al cuidado y mantenimiento del Monumento a la Madre y se abstengan modificar el uso y destino los 6,342 metros cuadrados de esa área.

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10 Proposición con punto de Acuerdo de las y los Diputados integrantes del partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta al Titular del Poder Ejecutivo y al Secretario de Salud del Estado para que atiendan y resuelvan de manera inmediata la falta de personal en el sector salud y para que aseguren su permanencia hasta que el gobierno federal se haga cargo de los servicios de salud, lo anterior para garantizar el derecho a la salud de todas las personas en el Estado. Así mismo exhorta al Gobierno del Estado, para que garantice el abasto de medicamentos e insumos, así como la operación permanente de las instituciones del sector salud para brindar atención médica a la población en general del Estado.

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11 Proposición con punto de Acuerdo de las y los Diputados integrantes del partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Oaxaca, a efecto de que incluya en el proyecto anual de Presupuesto de Egresos del Estado una partida especial destinada a la actualización del Atlas Estatal de Riesgos.

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12 Proposición con punto de Acuerdo de la Diputada Gloria Sánchez López del partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, Mtro. Alejandro Ismael Murat Hinojosa y a los presidentes municipales de los ayuntamientos de la zona metropolitana de Oaxaca, para que a través de sus instituciones de seguridad pública, establezcan una colaboración institucional con la Guardia Nacional e implementen medidas, acciones de seguridad y prevención ante las eventualidades que ponen en riesgo la vida, integridad y el patrimonio de sus habitantes.

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13 Proposición con punto de Acuerdo de la Diputada Magaly López Domínguez del partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta al Fiscal General del Estado, Arturo Peimbert Calvo, para que realice de manera pronta, completa, expedita e imparcial las investigaciones relacionadas con el ataque al presidente municipal de San Pedro y San Pablo Ayutla, con el fin de llevar ante la justicia a quienes hayan perpetrado este atentado. Así mismo, exhorta al Gobernador Alejandro Murat Hinojosa, a que instruya lo necesario con el fin de que el Gobierno del Estado brinde seguridad y medidas de protección a los y las ciudadanos que forman parte de la asamblea comunitaria, para evitar que puedan ser víctimas directas o indirectas de actos como los ocurridos el pasado lunes en San Pedro y San Pablo Ayutla, Mixe, Oaxaca. Así mismo, exhorta al Gobernador Alejandro Murat Hinojosa y al Titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, a fin de que implementen de manera coordinada mecanismos de seguridad y medidas de protección en favor de las autoridades municipales y comunitarias de San Pedro y San Pablo Ayutla, con el fin de que puedan cumplir con los mandatos de sus asambleas sin poner en riesgo su integridad.

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14 Proposición con punto de Acuerdo de las y los Diputados integrantes del partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta al Titular del Poder Ejecutivo en el Estado, para que a través de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Seguridad Pública, establezcan una coordinación con el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, así como con los representantes de los partidos políticos en el Estado; para que en el ámbito de sus respectivas atribuciones realicen todas las acciones necesarias que permitan llevar a cabo las elecciones extraordinarias a más tardar en el último domingo del mes de noviembre del año 2021 en un ambiente de paz y seguridad para las y los electores en los Municipios de Santa María Mixtequilla, Reforma de Pineda, Santa María Xadani y Santiago Laollaga en la Región del Istmo de Tehuantepec, Oaxaca. Así mismo, notifíquese el presente Acuerdo a la Secretaría General de Gobierno, a la Secretaría de Finanzas, a la Secretaría de Seguridad Pública, al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca y a los representantes de los partidos políticos en el Estado.

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15 Proposición con punto de Acuerdo de la Diputada Elena Cuevas Hernández del partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta atentamente y respetuosamente al Gobernador del Estado de Oaxaca, al Titular de la Secretaría de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Oaxaca para que en el ámbito de sus atribuciones informen de manera urgente sobre los despidos injustificados que se han realizado de manera masiva en el sector salud de nuestro Estado, y en su caso considere pertinente el cambio inmediato del Titular de la Secretaría de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Oaxaca, con la finalidad de salvaguardar la vida y salud de los usuarios de los hospitales que han sido afectados, de tal forma se evite de manera inmediata los riesgos que pudieren ocurrir por la inadecuada administración de los titulares que resulten responsables de estos actos.

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16 Proposición con punto de Acuerdo de la Diputada Aurora Bertha López Acevedo del Partido Verde Ecologista de México, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta atenta y respetuosamente a la Secretarías de Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable (SEMAEDESO), y al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), para que de manera coordinada formulen y propongan, dentro del ámbito de la autonomía curricular, la incorporación de contenidos regionales referentes a la conservación, protección del medio ambiente y de cambio climático en los planes y programas de estudio de los niveles educativos de educación básica, con la finalidad de promover una educación ambiental que concientice a los niñas, niños y jóvenes de las escuelas de nuestro Estado sobre la importancia de la conservación del medio ambiente.

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17 Proposición con punto de Acuerdo de la Diputada Aurora Bertha López Acevedo del Partido Verde Ecologista de México, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta en pleno respeto a la autonomía de los Ayuntamientos y Consejos Municipales de los 153 municipios que se rigen por el Sistema de Partidos Políticos, para que en el ámbito de sus competencias y con miras en el interés público; realicen, por sí o de manera coordinada con otras instituciones, todas las acciones necesarias para garantizar que las futuras Administraciones Municipales, para el periodo 2022-2024, cuenten con las herramientas necesarias para el correcto y eficaz inicio de sus funciones dentro de los Ayuntamientos; entre ellas, el otorgamiento oportuno de las claves de acceso, acuses y archivos, por parte de las y los Servidores Públicos salientes a las y los Servidores Públicos entrantes, así como la habilitación de las nuevas Administraciones en las plataformas digitales oficiales.

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18 Proposición con Punto de Acuerdo de la Diputada Maritza Escarlet Vásquez Guerra del Partido Revolucionario Institucional, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Secretario de Economía del Gobierno del Estado y a los Presidentes Municipales, para que sigan impulsando políticas públicas que fomenten el primer empleo, estimulando las actividades económicas y empresariales; priorizando aquellas orientadas al fomento del empleo de las y los jóvenes, señalando que los patrones que los contraten deberán proporcionar los estímulos, incentivos y beneficios fiscales, así como acceso preferente a los programas y apoyos previstos en las leyes de la materia.

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19 Proposición con Punto de Acuerdo del Diputado Fredie Delfín Avendaño del partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca y a la Coordinación Estatal de Protección Civil para que se realicen la revisión minuciosa de los planteles educativos del Estado con el fin de detectar aquellos que requieran reparaciones y así prevenir tragedias en caso de presentarse un sistema relevante, minimizando el riesgo que corre la comunidad estudiantil como población vulnerable.

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20 DICTÁMENES DE COMISIONES EN SEGUNDA LECTURA.

20.1 COMISIÓN PERMANENTE DE ADMINISTRACIÓN Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción tercera del artículo 137 ter, las fracciones segunda y tercera del artículo 137 Quáter; y se adicionan dos párrafos al artículo 137 Quáter del Código Civil para el Estado de Oaxaca.

20.2 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE ADMINISTRACIÓN Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA; Y DE GRUPOS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 459 y el artículo 504 del Código Civil para el Estado de Oaxaca.

20.3 b) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 432; se adiciona un tercer párrafo al artículo 429 Bis B; y un segundo párrafo al artículo 433 del Código Civil para el Estado de Oaxaca.

20.4 c) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se adiciona la fracción III del artículo 2245 del Código Civil para el Estado de Oaxaca.

20.5 d) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se adiciona el párrafo segundo al artículo 26; se reforman las fracciones XI y XIII del artículo 74 de la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y Para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos delitos del Estado De Oaxaca.

20.6 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE ADMINISTRACIÓN Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA; Y DE TRABAJO Y DE SEGURIDAD SOCIAL. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se adiciona la fracción X al artículo 227; se adiciona la fracción VII al artículo 229, del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

20.7 COMISIÓN PERMANENTE DE PUEBLOS INDIGENAS Y AFROMEXICANO. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 24 de la Ley de los Derechos de los Pueblos y Comunidades indígenas del Estado de Oaxaca.

20.8 b) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley de los Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Oaxaca.

20.9 COMISIÓN PERMANENTE DE CULTURA, JUVENTUD, CULTURA FÍSICA Y DEPORTE. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca “Declara patrimonio cultural inmaterial del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, las velas istmeñas, festividades tradicionales de la región del Istmo de Tehuantepec”.

20.10 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE CULTURA, JUVENTUD, CULTURA FÍSCA Y DEPORTE; Y DE DESARROLLO ECONÓMICO, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y ARTESANAL. a) Dictamen con proyecto de Acuerdo, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente a los Titulares de las Secretarías de Administración, de Finanzas y de Economía del Gobierno del Estado de Oaxaca, así como a la Titular del Instituto Oaxaqueño de las Artesanías para que en cumplimiento del Decreto número 594 de la LXIII Legislatura Constitucional a la brevedad posible dentro del ámbito de sus respectivas atribuciones realice las acciones necesarias para que concreten la creación y funcionamiento de un Registro Estatal de Protección a las Artesanías de Oaxaca; en aras de salvaguardad las creaciones colectivas e individuales de nuestros pueblos y comunidades indígenas dentro del territorio oaxaqueño y erradicar el plagio que afecta de manera directa la economía de las y los artesanos.

20.11 COMISIÓN PERMANENTE DE DERECHOS HUMANOS. a) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en términos de lo que establecen los artículos 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 10 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, 5.1 y 5.2 de la Pacto de San José, Regla 4 de las Reglas Mandela, Regla 4 de las Reglas de Bangkok y artículos 1, 2 y 7 de la LNEP, exhorta al Titular del Poder Ejecutivo y al Secretario de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca, para que a la brevedad posible la Comisión Intersecretarial del Sistema Penitenciario Estatal, cumpla con sus obligaciones en el marco de sus atribuciones de garantizar y hacer eficaces los derechos de las personas privadas de la libertad dispuestos por la LNEP. Para lo cual, entre otras cosas y a la luz de las reformas constitucionales de 2008 sobre Seguridad y Justicia, y la de 2011 en materia de derechos humanos, deberá de diseñar e implementar los distintos programas de servicios para la reinserción al interior de los Centros de Reinserción Social y de la Dirección de Ejecución de Medidas para Adolescentes, mismos que deberán de contar con perspectiva de género, perspectiva intercultural y enfoque de derechos humanos, así mismo dicha comisión deberá de desarrollar programas de atención dirigida a personas privadas de la libertad en condición de vulnerabilidad, como personas mayores, indígenas, afromexicanas, con enfermedades crónico degenerativas, entre otras.

20.12 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE DERECHOS HUMANOS; Y DE ADMINISTRACIÓN Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA. a) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al titular del Poder Ejecutivo y al Secretariado de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca, para que de manera urgente, a través de la Comisión intersecretarial del Sistema Penitenciario Estatal, y en términos de lo establecido en las consideraciones y recomendaciones de la Recomendación General Recomendación No. 38 emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, se implementen acciones tendientes a garantizar y hacer eficaces los derechos, se implementen acciones tendientes a garantizar y hacer eficaces los derechos de las personas privadas de la libertad que se encuentren reconocidos en los Tratados Internacionales en materia de derechos humanos suscritos y ratificados por el Estado Mexicanos, así como la Ley de ejecución Penal.

20.13 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE DERECHOS HUMANOS; Y DE IGUALDAD DE GÉNERO. a) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en términos de lo que establecen los artículos 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 25 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; 7 de la CEDAW; 3, 4 y 5 de la Convención de Belém do Pará; 11 y 11 Bis de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, exhorta al Presidente Municipal de Santa María Xadani, Oaxaca, a abstenerse de realizar conductas lesivas en perjuicio de Paula Vásquez Vásquez, ya sea de manera directa o través de interpósita persona, que puedan configurarse en algún tipo de violencia en razón de género especialmente la de índole político, así mismo se le exhorta a dicho servidor público para que le brinde todas las facilidades necesarias a Paula Vásquez Vásquez, para que ésta pueda ejercer de manera digna las funciones inherentes al cargo que ostenta dentro de ese Ayuntamiento. Finalmente este cuerpo colegiado le recuerda al Presidente Municipal, que la violencia política por razón de género en contra de las mujeres decretada por un órgano jurisdiccional, es causal para declarar la suspensión o desaparición de un ayuntamiento, así como la suspensión o revocación del mandato de uno o más de sus integrantes, lo anterior en términos de los establecido en los artículo 60 y 61 de la Ley Orgánica Municipal.

20.14 b) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en términos de lo que establecen los artículos 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 25 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; 7 de la CEDAW; 3, 4 y 5 de la Convención de Belém do Pará; 11 y 11 Bis de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, exhorta al Presidente Municipal de San Andrés Zautla, Oaxaca, a abstenerse de realizar conductas lesivas en perjuicio de María Elena Arango Pérez, ya sea de manera directa o través de interpósita persona, que puedan configurarse en algún tipo de violencia en razón de género especialmente la de índole político, así mismo se le exhorta a dichos servidores públicos para que le brinde todas las facilidades necesarias a María Elena Arango Pérez para que ésta pueda ejercer de manera digna las funciones inherentes al cargo que ostenta dentro de ese Ayuntamiento. Finalmente, este cuerpo colegiado le recuerda al Presidente Municipal, que la violencia política por razón de género en contra de las mujeres decretada por un órgano jurisdiccional, es causal para declarar la suspensión o desaparición de un ayuntamiento, así como la suspensión o revocación del mandato de uno o más de sus integrantes, lo anterior en términos de los establecido en los artículos 60 y 61 de la Ley Orgánica Municipal.

20.15 c) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en términos de lo que establecen los artículos 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 25 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; 7 de la CEDAW; 3, 4 y 5 de la Convención de Belém do Pará; 11 y 11 Bis de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, exhorta al Presidente Municipal, Integrantes del Ayuntamiento de Santa María Temaxcaltepec, Oaxaca y Otros, a abstenerse de realizar conductas lesivas en perjuicio de Amadelia Reyes Tadeo y de sus familiares, ya sea de manera directa o través de interpósita persona, que puedan configurarse en algún tipo de violencia en razón de género especialmente la de índole político, así mismo se le exhorta a dichos servidores públicos para que le brinde todas las facilidades necesarias a Amadelia Reyes Tadeo para que esta pueda ejercer de manera digna las funciones inherentes al cargo que ostentan dentro de ese Ayuntamiento. Finalmente este cuerpo colegiado le recuerda a los Integrantes del Ayuntamiento, que la violencia política por razón de género en contra de las mujeres decretada por un órgano jurisdiccional, es causal para declarar la suspensión o desaparición de un ayuntamiento, así como la suspensión o revocación del mandato de uno o más de sus integrantes, lo anterior en términos de los establecido en los artículo 60 y 61 de la Ley Orgánica Municipal.

20.16 COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO ECONÓMICO, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y ARTESANAL. a) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Gobernador del Estado Alejandro Ismael Murat Hinojosa; a la titular del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Estado de Oaxaca Ivette Morán de Murat; así como al Secretario de Economía Juan Pablo Guzmán Cobián, para que de acuerdo a los principios de gobierno abierto, transparenten y rindan cuentas a la mayor brevedad, sobre la gestión gubernamental de $1,270 millones de pesos, de los proyectos en beneficio de las micro, pequeñas y medianas empresas, así como para que haga pública la matriz de sus beneficiarios.

20.17 b) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado, exhorta respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo y a los 570 ayuntamientos y Consejos Municipales del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; para que, en sus respectivos ámbitos de competencia, giren instrucciones para que a través de las dependencias que correspondan, realicen lo siguiente: 1. implementen acciones de fomento y capacitación permanentes, por medios digitales y de manera personal en el momento que la emergencia sanitaria lo permita; a fin de que la ciudadanía dedicada a la producción y/o venta de bienes y servicios, conozca las opciones, beneficios y uso de las herramientas digitales, con la finalidad de impulsar sus actividades comerciales, así como el desarrollo económico de las diferentes regiones del estado de Oaxaca. 2. implementen acciones y estrategias permanentes que fomenten y promocionen entre la ciudadanía, el consumo local, la compra - venta de productos locales; además de priorizar los mismos, en las adquisiciones que realice la administración pública estatal y municipal. 3. difundan las acciones y programas que se implementen, dirigidas a productores y empresarios micro, pequeños y medianos, que tengan como finalidad el impulso al desarrollo económico, a fin de que la ciudadanía tenga conocimiento y acceso ellos.

20.18 c) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, ordena el archivo del expediente número 56, del índice de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico, Industrial, Comercial y Artesanal, como asunto total y definitivamente concluido.

20.19 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN; Y DE PRESUPUESTO Y PROGRAMACIÓN. a) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, ordena el archivo de los expedientes números 167 y 204 de los índices de las Comisiones Permanentes Unidas de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación y de Presupuesto y Programación, respectivamente, por lo consecuente es procedente declararlos total y definitivamente concluidos.

20.20 COMISIÓN PERMANENTE DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se adiciona un párrafo decimosegundo, recorriéndose el párrafo subsecuente del artículo 3; y se adiciona una fracción VII, recorriéndose las fracciones subsecuentes del quinto párrafo del artículo 114 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

20.21 b) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforman la fracción I del primer párrafo y el último párrafo del artículo 7, la fracción II del primer párrafo del artículo 8 y el artículo 76 de la Ley Reglamentaria del Apartado B del Artículo 106 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

20.22 c) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforman los párrafos décimo segundo y décimo tercero del artículo 12, párrafos primero y segundo del artículo 23, y la fracción III del artículo 24 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

20.23 d) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforman los párrafos decimoséptimo y decimonoveno del artículo 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

20.24 f) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma el párrafo trigésimo segundo del artículo 12; y el párrafo noveno del artículo 16 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

20.25 g) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

20.26 h) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

20.27 i) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se adiciona el párrafo décimo primero al artículo 21 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

20.28 j) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

20.29 k) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma el párrafo cuarto del Apartado D del Artículo 114 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

20.30 l) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforman los párrafos tercero, cuarto y quinto, todos del apartado D del artículo 114 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

20.31 m) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto por la que se reforma el penúltimo párrafo fracción VII del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que conforma el expediente 206 del índice de la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales de la legislatura en funciones, y se ordena su archivo como asunto total y definitivamente concluido al no existir materia para su consecución.

20.32 n) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma artículo 22, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, que conforma el expediente número 244 del índice de la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales de la Legislatura en funciones, con base en los considerandos vertidos en el dictamen que da origen al presente Acuerdo, y se ordena su archivo como asunto total y definitivamente concluido, por no existir materia para su consecución.

20.33 o) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 22, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, que conforma el expediente número 367 del índice de la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales de la Legislatura en funciones, con base en los considerandos vertidos en el dictamen que da origen al presente Acuerdo, y se ordena su archivo como asunto total y definitivamente concluido, por no existir materia para su consecución.

20.34 p) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción V, y se adiciona la fracción VI al artículo 22 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, que conforma el expediente número 413 del índice de la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales de la Legislatura en funciones, con base en los considerandos vertidos en el dictamen que da origen al presente Acuerdo, y se ordena su archivo como asunto total y definitivamente concluido, por no existir materia para su consecución.

20.35 q) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto por la que se adiciona un segundo párrafo a la fracción III Base B del artículo 25 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca que conforma el expediente 430 del índice de la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales, y se ordena su archivo como asunto total y definitivamente concluido, por no existir materia para su consecución.

20.36 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE FORTALECIMIENTO Y ASUNTOS MUNICIPALES; Y DE ADMINISTRACIÓN Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se adiciona la fracción I Ter al artículo 43 y la fracción X al artículo 61, ambos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

20.37 b) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma a la fracción IV del artículo 71 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

20.38 COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN Y ASUNTOS AGRARIOS. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento en los artículos 25 y 59 fracción XXVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 25, 26, 27 fracción I y 28 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, en cumplimiento a la sentencia de trece de agosto del dos mil veintiuno, dictada por la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dentro del Expediente SX-JRC-241/2021, declara procedente que el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca convoque a Elección Extraordinaria en el Municipio de Chahuites, Juchitán, Oaxaca, que electoralmente se rigen por el sistema de partidos políticos, toda vez que se declaró la nulidad de la elección ordinaria durante el proceso electoral ordinario 2020 – 2021.

20.39 b) Dictamen con proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente que el ciudadano RAMON SANTIAGO REYES asuma el cargo de Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Santa María Nativitas, Coixtlahuaca, Oaxaca, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo. Periodo Constitucional de Gobierno 2019-2021. Asimismo, la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente al ciudadano VICTOR GARCIA HERNANDEZ asuma el cargo de Regidor de Hacienda y Obras del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Santa María Nativitas, Coixtlahuaca, Oaxaca, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo. Periodo Constitucional de Gobierno 2019-2021.

20.40 c) Dictamen con proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia Municipal a favor de Tinuma de Zaragoza, de Santiago Juxtlahuaca, Juxtlahuaca, perteneciente al Municipio de Santiago Juxtlahuaca, Juxtlahuaca, Oaxaca. Asimismo, se reforma el Decreto No. 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el veinticinco de septiembre del dos mil dieciocho y publicado en el Periódico Oficial del Estado el diez de noviembre del dos mil dieciocho, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de Santiago Juxtlahuaca, Juxtlahuaca, Oaxaca.

20.41 d) Dictamen con proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia Municipal a favor de La Escopeta, de San Martin Peras, Juxtlahuaca, perteneciente al Municipio de San Martin Peras, Juxtlahuaca, Oaxaca. Asimismo, se reforma el Decreto No. 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el veinticinco de septiembre del dos mil dieciocho y publicado en el Periódico Oficial del Estado el diez de noviembre del dos mil dieciocho, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de San Martin Peras, Juxtlahuaca, Oaxaca.

20.42 e) Dictamen con proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia de Policía a favor de EL CHAMIZAL, Santa Cruz Itundujia, Putla, Oaxaca, perteneciente al Municipio de Santa Cruz Itundujia, Putla, Oaxaca. Asimismo, se reforma el Decreto No. 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el veinticinco de septiembre del dos mil dieciocho y publicado en el Periódico Oficial del Estado el diez de noviembre del dos mil dieciocho, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de Santa Cruz Itundujia, Putla, Oaxaca.

20.43 f) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento en el artículo 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, artículos 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, ordena el archivo de los expedientes números CPGA/93/2019, CPGA/341, 373, 398, 409, 421, 435, 437, 455, 544,585/2020 y CPGA/635,698,738,779/2021, del índice de la Comisión Permanente de Gobernación y Asuntos Agrarios de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, y CPG/268/2017 de la Comisión Permanente de Gobernación de la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca por haber quedado sin materia de estudio para su consecución y declararlos total y definitivamente concluidos.

20.44 COMISIÓN PERMANENTE DE GRUPOS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 2º de la Ley de los Derechos de las Personas con Discapacidad en el Estado de Oaxaca.

20.45 b) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca exhorta al secretario de salud, para que, en el ámbito de sus atribuciones, implemente un proyecto de salud pública de prevención del suicidio, dirigido por especialistas en la materia como lo son psicólogos, psiquiatras, terapeutas y otros especialistas en la materia, a efecto de brindar atención y asesoría en escuelas y hasta jóvenes en situación de calle, para evitar que se siga incrementando el número de suicidios en el estado de Oaxaca.

20.46 c) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca exhorta al Titular del Ejecutivo del Estado y al Titular de la Secretaría del Trabajo, delegación Oaxaca para que en coordinación con las autoridades municipales, implementen políticas públicas, estrategias y acciones a favor de la prevención y erradicación del trabajo infantil, y al Titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, para que, elabore programas de acción, en los municipios de nuestro Estado, tendientes a vigilar y evitar el trabajo infantil, prevaleciendo siempre el derecho superior de la niñez.

20.47 d) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca exhorta al Presidente Municipal de Oaxaca de Juárez, para que en el ámbito de sus atribuciones adopte las medidas necesarias para rehabilitar y hacer funcionales las placas en braille que se encuentran colocadas en las calles del centro histórico de Oaxaca de Juárez, y proceda a la colocación señalética adecuada para las personas invidentes.

20.48 COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma el párrafo IX del artículo 2 del Código Fiscal Municipal del Estado de Oaxaca.

20.49 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE HACIENDA; Y DE SALUD. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se Abroga la Ley contra Vicios del Alcoholismo y de las Drogas Heroicas.

20.50 COMISIÓN PERMANENTE DE INFRAESTRUCTURAS, DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforman la fracción VI del artículo 3; artículo 14; el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 29; artículo 31, artículo 33, el segundo párrafo del artículo 40; la fracción IV del artículo 44; el último párrafo de la fracción III del artículo 59; primer párrafo del artículo 64; artículo 69, artículo 72; artículo 75, artículo 84 y segundo párrafo del artículo 87 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

20.51 b) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo y se recorren las subsecuentes del artículo 131 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para pera el Estado de Oaxaca.

20.52 c) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XII del artículo 88 a la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca.

20.53 d) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforman el segundo párrafo del artículo 30; las fracciones I, II, III, IV y tercer párrafo del artículo 34 y; el artículo 40 de la Ley de Caminos, Carreteras y Puentes para el Estado de Oaxaca.

20.54 COMISIÓN PERMANENTE DE MEDIO AMBIENTE, CAMBIO CLIMÁTICO, ENERGÍAS RENOVABLES Y CAMBIO CLIMÁTICO. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se adicionan las fracciones XIII y XIV al artículo 2 de la Ley de Cambio Climático para el Estado de Oaxaca.

20.55 b) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo a la fracción XXXVIII del artículo 6 de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca.

20.56 c) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta a los Presidentes Municipales de Ánimas Trujano, Cuilapam de Guerrero, Oaxaca de Juárez, San Agustín de las Juntas, San Agustín Yatareni, San Andrés Huayapam, San Antonio de la Cal, San Bartolo Coyotepec, San Jacinto Amilpas, San Lorenzo Cacaotepec, San Pablo Etla, San Pedro Ixtlahuaca, San Raymundo Jalpan, San Sebastián Tutla, Santa Cruz Amilpas, Santa Cruz Xoxocotlán, Santa Lucía del Camino, Santa María Atzompa, Santa María Coyotepec, Santa María del Tule, Santo Domingo Tomaltepec, Tlalixtac de Cabrera y la Villa de Zaachila, realizar las acciones necesarias, en las que se contemple la poda y en su caso derribo de árboles de la vía pública, previo dictamen correspondiente, a fin de prevenir accidentes y daños ocasionados en las temporadas de lluvias y por los fuertes vientos.

20.57 COMISIÓN PERMANENTE DE MOVILIDAD, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 27 de la Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca.

20.58 b) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XVI del artículo 4, y se adicionan el cuarto párrafo al artículo 24 bis, y el segundo párrafo a la fracción XLI, de la Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca.

20.59 c) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado, exhorta al titular de la Secretaria de Movilidad del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, para que con base a las facultades que la Ley le otorga y apegado a la misma, realice un programa permanente de capacitación de competencia a conductores y concesionarios del transporte público y que esta capacitación sea requisito indispensable para la expedición y renovación y/o prórroga de la concesión, y para la expedición de licencia de conducir para la prestación del servicio público de trasporte en el Estado de Oaxaca.

20.60 d) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca exhorta al titular de la Secretaría de Movilidad del Gobierno del Estado de Oaxaca para que implemente el Programa Anual de Promoción y Fomento al uso de la Bicicleta como medio de transporte alternativo; así como la instalación y/o construcción de ciclovías y demás elementos que permitan el adecuado desplazamiento de los mismos. Asimismo, la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca exhorta a cada una de las entidades públicas del Estado, organismos descentralizados, órganos autónomos y a los Ayuntamientos de los 570 Municipios del Estado, para que se establezca un día al mes dentro de sus centros de trabajo a que todas y todos los trabajadores acudan a laborar bajo este medio de transporte alternativo.

20.61 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE MOVILIDAD. COMUNICACIONES Y TRANSPORTES; Y DE DERECHOS HUMANOS. a) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara improcedente la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se pretendió reformar la fracción XV del artículo 15 y adicionar el artículo 84 bis a la Ley de Tránsito, y Vialidad del Estado de Oaxaca; por lo tanto, se ordena el archivo de los expedientes números 80 y 117, del índice de las Comisiones Permanentes de Movilidad, Comunicaciones y Transportes, y de Derechos Humanos, respectivamente, como asuntos total y definitivamente concluidos.

20.62 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE MOVILIDAD, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES; Y DE BIENESTAR Y FOMENTO COOPERATIVO. a) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca exhorta respetuosamente al Titular de la Procuraduría Federal del Consumidor, en la Delegación Oaxaca, para que, a la brevedad posible instrumente mecanismos para la protección de los consumidores de servicios de internet, a fin de evitar acciones abusivas de los proveedores, ante el aumento desmedido de su consumo por la pandemia del Covid-19, logrando así, garantizar el derecho a las tecnologías de la información con que cuentan las y los oaxaqueños.

20.63 b) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, determina que por haber quedado sin materia el punto de acuerdo propuesto, se ordena el archivo de los expedientes números 111 y 063 del índice de las Comisiones Permanentes de Movilidad, Comunicaciones y Transportes, y de Bienestar y Fomento Cooperativo, como asuntos total y definitivamente concluidos.

20.64 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE MOVILIDAD, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES; Y DE GRUPOS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD. a) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara improcedente la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se pretendió adicionar el artículo 215 Bis a la Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca; por lo que se ordena el archivo de los expedientes números 32 y 44, del índice de las Comisiones Permanentes de Movilidad, Comunicaciones y Transportes, y de Grupos en Situación de Vulnerabilidad, respectivamente, como asuntos total y definitivamente concluidos.

20.65 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE MOVILIDAD, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES; Y SALUD. a) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, determina improcedente el punto de acuerdo propuesto, por lo que ordena el archivo de los expedientes números 120 y 274 del índice de las Comisiones Permanentes de Movilidad, Comunicaciones y Transportes, y de Salud, de esta Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional, como asuntos total y definitivamente concluidos.

20.66 COMISIÓN PERMANENTE DE SALUD. a) Dictamen por el que en términos de la fracción I del artículo 10 de la Ley que crea la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Oaxaca, una vez verificado el cumplimiento de cada uno de los requisitos establecidos en el ordenamiento legal invocado, por parte de los doce candidatos que conforman las cuatro propuestas por el Ciudadano Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, para integrar el Consejo General de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Oaxaca, de los cuales se deberán elegir a cuatro Consejeros para un periodo de hasta cuatro años, se someten a consideración del Pleno de este Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, para que elijan a cuatro consejeros uno por cada terna. Así mismo, en términos de la fracción II del artículo 10 de la Ley que crea la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Oaxaca, y la base sexta de la convocatoria pública para la elección de Consejeros propuestos por los Colegios médicos y del Estado, que habrán de integrar el nuevo Consejo General de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Oaxaca, se somete a consideración de la Honorable Asamblea de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado, cinco ternas de candidatos y candidatas de las cuales se deberán elegir a cinco consejeros una por cada terna, por un periodo de hasta cuatro años

20.67 b) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se adiciona la fracción X, recorriéndose las subsecuentes, al artículo 63, de la Ley Estatal de Salud.

20.68 c) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforman las fracciones VI y VII del artículo 107; así como, se adiciona la sección primera denominada “de las Enfermedades Transmitidas por Vectores” al capítulo II “Enfermedades Transmisibles” del título octavo “Prevención y Control de Enfermedades y Accidentes”; y los artículos 120 Bis y 120 Ter de la Ley Estatal de Salud.

20.69 d) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que se la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Titular de la Secretaria de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Oaxaca, así como al Titular del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, para que de forma estratégica y coordinada, con los Ayuntamientos de los Municipios del Estado que se vean involucrados, ante el regreso a clases presenciales, habiliten quioscos de pruebas Covid-19 gratuitas, designados especialmente para los educandos, para que en caso de sospecha, acudan a estos centros y sean atendidos sin dilación alguna, y de resultar positivo se adopten las medidas sanitarias respectivas.

20.70 e) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara la preclusión, y ordena el archivo de los expedientes 17, 22, 27, 47, 49, 79, 87, 101, 102, 105, 114, 119, 120, 127, 129, 132, 133, 143, 165, 193, 199, 202, 204, 206, 208, 209, 210, 211, 213, 214, 215, 216, 217, 218, 219, 220, 221, 223, 226, 229, 237, 238, 239, 240, 241, 242, 252, 252, 253, 254, 257, 259, 263, 264, 265, 270, 272, 275, 283, 284, 285, 286, 290, 291, 296, 297, 301, 311, 319, 320, 326, 327, 328, 329, 330, 336, 337, 338, 339, 340, 344, 352, 363, 364, 365, 366, 367, 368, 369, 370, 371, 374, 375, 376, 378, 379, 380, 382, 384, 385, 395, 400, 401, 405, 406, 407, 408, 411, 415, 417, 421, 422, 424, 425, 427, 428, 429, 430, 431, 433, 435, 448, 455, 456, 467, 468, 469, 471, 474, 475, 477, 478, 485, 486, 487, 489, 490, 491, 493, 497, 498, 499, 500, 504, 505, 506, 407, 510, y 511 del índice de la Comisión Permanente de Salud de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional; como asuntos total y definitivamente concluidos.

20.71 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE SALUD; Y DE IGUALDAD DE GÉNERO Y DE ADMINISTRACIÓN Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 29, la fracción III del artículo 59, el artículo 62, se adiciona la fracción XII al artículo 63, el Capítulo V BIS denominado SERVICIOS DE INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO al Título Tercero PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD, integrado por los artículos 65 Bis, 65 Ter, 65 Quáter y 65 Quinquies todos de la Ley Estatal de Salud.

20.72 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA; Y DE MOVILIDAD COMUNICACIONES Y TRANSPORTES. a) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta al Titular de la Secretaría de Seguridad Pública de Oaxaca, para que en coordinación con los Presidentes Municipales de los 570 municipios se realicen operativos con el fin de prevenir y atender casos de acoso y violencia sexual contra las mujeres en el transporte público. Al titular de la Fiscalía General del Estado para que investigue y atienda las denuncias de acoso sexual en el transporte público. Al Titular de la Secretaría de Movilidad del Estado para que dé seguimiento a las quejas que se han presentado denunciando casos de acoso sexual en el transporte público y se apliquen las sanciones correspondientes; así también para que implemente acciones encaminadas a prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia de género en el transporte público.

20.73 COMISIÓN PERMANENTE DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 52 y la fracción I del artículo 54 de la Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca.

20.74 b) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 69 y la fracción IV del artículo 70 de la Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca.

20.75 c) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se deroga las fracciones III y IV del artículo 6, el párrafo segundo del artículo 18 y el párrafo primero del Octavo Transitorio de la Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca.

20.76 d) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se deroga el último párrafo del artículo 47 de la Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca.

20.77 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE TURISMO; Y DE DESARROLLO ECONÓMICO, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y ARTESANAL. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma el primer párrafo y la fracción III, del artículo 57, de la Ley de Turismo del Estado de Oaxaca.

20.78 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE TURISMO; Y MIGRACIÓN Y ASUNTOS INTERNACIONALES. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XVIII, del artículo 4, de la Ley de Turismo del Estado de Oaxaca.

20.79 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE TURISMO; Y DE MEDIO AMBIENTE, ENERGÍAS RENOVABLES Y CAMBIO CLIMÁTICO. a) Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XXV, se recorre la fracción XXVI pasando hacer la fracción XXVII y se adiciona la fracción XXVI, del artículo 7, de la Ley de Turismo del Estado de Oaxaca.

20.80 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE PRESUPUESTO Y PROGRAMACIÓN; Y HACIENDA. a) Dictamen con proyecto de Acuerdo por el que se La Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, ordena el archivo definitivo de los expedientes: 234 del índice de la Comisión Permanente de Presupuesto y Programación, y 1847 del índice de la Comisión Permanente de Hacienda, como asuntos total y definitivamente concluidos.

21 DICTÁMENES DE COMISIONES EN PRIMERA LECTURA.

21.1 COMISIÓN PERMANENTE DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento en el artículo 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, se exhorta al Gobernador Constitucional del Estado de Oaxaca, maestro Alejandro Ismael Murat Hinojosa, para que en el momento de emitir las convocatorias para ocupar las magistraturas en el Poder Judicial y en Tribunal De Justicia Administrativa, solo se permita la participación de mujeres, esto de conformidad con la convocatoria pública emitida por el titular del poder ejecutivo del estado el día 09 de septiembre de 2020, mediante Periódico Oficial del Gobierno del Estado, garantizando el principio de paridad de género.

21.2 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente a la Secretaría De La Defensa Nacional, Delegación Oaxaca, para que ésta instruya a las Juntas Municipales De Reclutamiento y se abstengan de solicitar actas de nacimiento actualizadas para el trámite del Servicio Militar Nacional, toda vez que dicho documento tiene vigencia, mientras se entreguen en buen estado, independientemente de su año de expedición, de conformidad con el artículo 66 bis del Código Civil para el Estado.

21.3 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA; Y DE ADMINISTRACIÓN Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 24, el párrafo primero del artículo 32 y se adicionan los párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto al artículo 12 de la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos y Bienes del Estado de Oaxaca.

21.4 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA; Y DE DERECHOS HUMANOS. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento en el artículo 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, por conducto del Titular de la Dirección del Registro Civil, con la finalidad de que actualice el Reglamento Interno de la Institución, para que se encuentre acorde con la realidad jurídica y social de nuestra Entidad.

21.5 COMISIÓN PERMANENTE DE ADMINISTRACIÓN Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, pone a consideración la no ratificación en el cargo de magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca.

21.6 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, pone a consideración la no ratificación en el cargo de magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca.

21.7 c) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, pone a consideración la ratificación en el cargo de magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca.

21.8 COMISIÓN PERMANENTE AGROPECUARIA, FORESTAL, MINERÍA Y PESCA. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adicionan las fracciones XII y XIII al artículo 3 de La Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Oaxaca.

21.9 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 117, segundo párrafo, fracción III, y 119 primer párrafo de La Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Oaxaca.

21.10 c) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reformar el artículo 148; y se adicionan las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI al artículo 148 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Oaxaca.

21.11 d) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura, para que, en el ámbito de sus atribuciones y en función de su capacidad presupuestal, fortalezca la difusión y promoción de los programas, acciones y proyectos encaminados a beneficiar a los agricultores de la entidad, como el programa denominado “Sembrando Vida” que para este año tiene contemplado un importante apoyo favor de la producción del Maguey, y con ello tengan conocimiento para su aprovechamiento. Así mismo, exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura, para que, en el ámbito de sus atribuciones y en función de su capacidad presupuestal, incentive la producción y cultivo del Maguey y sus derivados en el territorio estatal, con la finalidad de protegerlo y apoyar a los agricultores en nuestro Estado de Oaxaca.

21.12 e) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta al Titular de la Secretaría de Economía del Gobierno Federal, para que, dentro de su competencia intervenga y verifique la operatividad de la empresa Don David Gold México S.A de C.V, y en su caso, inicie los procedimientos para la cancelación de la concesión de la citada empresa, toda vez, que la explotación de las minas han ocasionado daños irreparables en el medio ambiente y en la población de San Pedro Quiatoni, Oaxaca. Así mismo, respetuosa de los ámbitos de competencia, exhorta atentamente al Juez Primero de Distrito del Estado de Oaxaca, para que, al momento de emitir resolución alguna, en el expediente en el cual, la comunidad de San Pedro Quiatoni, Oaxaca, solicita el amparo y protección de la justicia federal, considere que, cuando las concesiones mineras fueron otorgadas, nunca fueron consultados, tal y como lo establece la constitución federal y el convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales de países independientes de la organización internacional del trabajo (OIT).

21.13 f) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural delegación Oaxaca (SADER) y al Titular de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura (SEDAPA), para que, en el ámbito de sus competencias, implementen programas tendientes a conservar, proteger y garantizar la reproducción y el bienestar de las abejas, en el estado de Oaxaca.

21.14 COMISIÓN PERMANENTE DE PUEBLOS INDÍGENAS Y AFROMEXICANO. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adiciona el artículo 16 Bis y reforma el artículo 18 de la Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Oaxaca.

21.15 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE PUEBLOS INDÍGENAS Y AFROMEXICANO; Y DE GRUPOS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por la que se reforma el segundo párrafo de la fracción I del artículo 6 de la Ley de la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión.

21.16 COMISIÓN PERMANENTE DE DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 38; el artículo 43; el primer párrafo del artículo 44 y la fracción VIII del artículo 54, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca.

21.17 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 11, 42, 53, y se adiciona un segundo párrafo al artículo 37 de la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Oaxaca.

21.18 c) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman el numeral 2 del artículo 249 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca.

21.19 d) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma el numeral 1 del artículo 2 de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana para el Estado de Oaxaca.

21.20 e) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se la fracción II del artículo 1; las fracciones VII y IX del artículo 2; el numeral 5 del artículo 297, todos de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca.

21.21 f) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, ordena el archivo de los expedientes radicados con los números 140 y 141 de la Comisión Permanente de Democracia y Participación Ciudadana de la Sexagésima cuarta Legislatura; como asuntos total y definitivamente concluidos.

21.22 COMISIÓN PERMANENTE DE DERECHOS HUMANOS. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 6; la fracción I del artículo 10, la facción II del artículo 29, los incisos a), d) y g) de la fracción III del artículo 32, la fracción I del artículo 33, la fracción IV del artículo 40, el artículo 94; se adiciona la fracción III. Bis al artículo 7; un quinto párrafo al artículo 49; se deroga el inciso C) de la fracción III del artículo 32 de la Ley para atender, prevenir y eliminar la discriminación en el Estado de Oaxaca.

21.23 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta a los Integrantes del Ayuntamiento de Taniche, Ejutla de Crespo, Oaxaca, a abstenerse de realizar conductas lesivas en perjuicio de Alejandra Jacqueline Barragán Corres y Tomás Mauricio Ríos Villanueva y de sus familiares, ya sea de manera directa o través de interpósita persona, que puedan configurarse en algún tipo de violencia en razón de género especialmente la de índole político, así mismo se le exhorta a dichos servidores públicos para que le brinde todas las facilidades necesarias a Alejandra Jacqueline Barragán Corres y Tomás Mauricio Ríos Villanueva para que estos puedan ejercer de manera digna las funciones inherentes al cargo que ostentan dentro de ese Ayuntamiento. Finalmente, este cuerpo colegiado le recuerda a los Integrantes del Ayuntamiento, que la violencia política por razón de género en contra de las mujeres decretada por un órgano jurisdiccional, es causal para declarar la suspensión o desaparición de un ayuntamiento, así como la suspensión o revocación del mandato de uno o más de sus integrantes, lo anterior en términos de los establecido en los artículo 60 y 61 de la Ley Orgánica Municipal.

21.24 c) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta al titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, a resolver de inmediato sobre la responsabilidad del secretario de Salud, Juan Carlos Márquez Heine, en las violaciones masivas a los derechos humanos de la población oaxaqueña, especialmente de niñas, niños y adolescentes, por su omisión de cumplir y hacer cumplir la prohibición de la distribución, venta, regalo y suministro a menores de edad de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico. Así mismo, exhorta al titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, para que de advertir la posible comisión de algún delito por parte de los y las servidoras adscritas a la Secretaría de Salud, se dé vista a la Fiscalía General del Estado para que inicie las investigaciones correspondientes.

21.25 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE DERECHOS HUMANOS; Y DE IGUALDAD DE GÉNERO. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta al Presidente Municipal de Salina Cruz, y a los demás integrantes de ese Ayuntamiento, a que se abstengan de causar actos de molestia en contra de Yazmín Canseco Fuente, y conducirse con respeto en todo momento hacia ella, puntualizando que es obligación de todas las autoridades de todos los niveles de gobierno, garantizar con medidas positivas los derechos políticos de las y los ciudadanos, sobre todo de las mujeres, para que éstas tengan la oportunidad real de ejercerlos. Finalmente, este cuerpo colegiado le recuerda al Presidente Municipal, que la violencia política por razón de género en contra de las mujeres decretada por un órgano jurisdiccional, es causal para declarar la suspensión o desaparición de un ayuntamiento, así como la suspensión o revocación del mandato de uno o más de sus integrantes, lo anterior en términos de los establecido en los artículo 60 y 61 de la Ley Orgánica Municipal.

21.26 COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO ECONÓMICO, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y ARTESANAL. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente a los Municipios de: Candelaria Loxicha, Pluma Hidalgo, San Agustín Loxicha, San Baltazar Loxicha, San Bartolomé Loxicha, San Francisco Ozolotepec, San Gabriel Mixtepec, San Juan Lachao, San Juan Ozolotepec, San Mateo Piñas, San Miguel del Puerto, San Miguel Panixtlahuaca, San Pablo Coatlán, San Pedro el Alto, San Pedro Pochutla, Villa de Tututepec de Melchor Ocampo, Santa Catarina Juquila, Santa Catarina Loxicha, Santa María Huatulco, Santa María Ozolotepec, Santa María Temaxcaltepec, Santiago Xanica, Santiago Yaitepec, Santos Reyes Nopala, Tataltepec de Valdés, Putla Villa de Guerrero, San Pedro Mixtepec, San Marcial Ozolotepec, San Sebastián Coatlán y San Jerónimo Coatlán, quienes fueron considerados como “región pluma”, para que den a conocer a sus respectivos cafeticultores el contenido de la declaratoria de protección de la denominación de origen “pluma” que se encuentra publicada en el diario oficial de la federación del 04 de febrero del dos mil veinte, mismo que en copia deberá acompañarse para el fácil cumplimiento del exhorto y si a sus intereses conviene puedan beneficiarse del mismo.

21.27 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Secretario de Economía del Gobierno del Estado, a cumplir a cabalidad lo dispuesto por los artículos 33, 34 y 35 de la Ley de Fomento al Primer Empleo para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, creando un fondo de reserva dedicado exclusivamente al cumplimiento de dicha ley; celebrar de manera anual “la Feria Estatal del Primero Empleo” con modalidad itinerante por todo el estado, y publicar en su página oficial la información oportuna y verás de dicho programa.

21.28 c) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, ordena el archivo del expediente número 65 del índice de la Comisión Permanente De Desarrollo Económico, Industrial, Comercial y Artesanal, como asunto total y definitivamente concluido.

21.29 d) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, ordena el archivo del expediente número 71 del índice de la Comisión Permanente De Desarrollo Económico, Industrial, Comercial y Artesanal, como asunto total y definitivamente concluido.

21.30 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE DESARROLLO ECONÓMICO, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y ARTESANAL; Y EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adicionan los artículos 43 y 44, así como la denominación del Capítulo XV “Del Fomento Artesanal En La Planeación Educativa”, de la Ley de Fomento a las Actividades Artesanales del Estado de Oaxaca.

21.31 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta a la Secretaría de Economía de México, a efecto de establecer los precios máximos en la prestación del servicio educativo impartido por particulares, a fin de que eviten realizar cobros excesivos o aumento en colegiaturas, durante el regreso a clases.

21.32 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE DESARROLLO ECONÓMICO, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y ARTESANAL; Y DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, ordena el archivo del expediente número 58 del índice de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico, Industrial, Comercial y Artesanal y Expediente 101 del Índice de la Comisión de Seguridad y Protección Ciudadana, como asunto total y definitivamente concluido.

21.33 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN; Y DE GRUPOS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 2 y las fracciones XVI Y XVII del artículo 3; así como se adicionan las fracciones XVIII, XIX, XX, XXI del artículo 3 de la Ley por la que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Estatal de Educación para Adultos.

21.34 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN; Y DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, ordena el archivo de los expedientes números 93, 94, 64 y 66 del índice de las Comisiones Permanentes Unidas de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación y de Seguridad y Protección Ciudadana, respectivamente, por lo consecuente es procedente declararlos total y definitivamente concluidos.

21.35 COMISIÓN PERMANENTE DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

21.36 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, ordena el archivo del Expediente Número 351 del índice de la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales de la legislatura en funciones, con base en las consideraciones vertidas en el dictamen que da origen al presente Acuerdo, y se declara como asunto total y definitivamente concluido.

21.37 COMISIÓN PERMANENTE DE FORTALECIMIENTO Y ASUNTOS MUNICIPALES. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XC y se recorre la subsecuente del artículo 43 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

21.38 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 59 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

21.39 c) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adiciona la fracción XCI recorriéndose la subsecuente para ser la fracción XCII del Artículo 43 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

21.40 d) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman la fracción V del artículo 143; la fracción XII recorriendo su contenido para adicionar la fracción XIII del artículo 92 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

21.41 e) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman las fracciones XIX del artículo 43 y XXVII del artículo 68 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

21.42 f) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XX del artículo 68 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

21.43 g) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 59 fracción LX, 81 fracción IX, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Oaxaca; determina procedente autorizar al Ejecutivo Estatal la desincorporación del patrimonio Público del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, la superficie de 35-00-00.00 hectáreas correspondiente a la fracción 5-a del polígono 5, del inmueble ubicado en la jurisdicción del municipio de el Espinal, del distrito de Juchitán, Estado de Oaxaca, de no realizarse la donación para los fines autorizados quedara sin efectos.

21.44 h) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta a los 570 Municipios para que elaboren y actualicen sus Bandos de Policía y Gobierno, remitiendo al Congreso para su conocimiento.

21.45 i) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente a los Presidentes Municipales de los 570 Municipios para que se establezcan políticas públicas en las que se incluyan programas permanentes para fomentar e implementar una cultura de la legalidad en la sociedad, especialmente en sus servidores públicos, debiendo incentivar las acciones de las instituciones que resulten exitosas en el trabajo de defensa de la legalidad, por cumplir a cabalidad con sus funciones.

21.46 j) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta atenta y respetuosamente al titular de la Secretaria General de Gobierno para que en coordinación con los 570 ayuntamientos del Estado de Oaxaca, en cumplimiento a sus facultades y en el ámbito de sus respectivas competencias, implementen acciones necesarias para evitar conflictos sociales, políticos y actos de violencia, para garantizar el orden, la seguridad, y la paz pública.

21.47 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE FORTALECIMIENTO Y ASUNTOS MUNICIPALES; Y DE AGUA Y SANEAMIENTO. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adicionan los párrafos primero, segundo, tercero y cuarto a la fracción XXIV del artículo 43 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

21.48 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE FORTALECIMIENTO Y ASUNTOS MUNICIPALES; Y GOBERNACIÒN Y ASUNTOS AGRARIOS. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

21.49 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE FORTALECIMIENTO Y ASUNTOS MUNICIPALES; Y DE IGUALDAD DE GÉNERO. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos; 127, 128, 130, la fracciones XV, XXIII Y LX del articulo 43; IV del artículo 55; IX, XIV, XV y XXXIV del artículo 68; VII Y XXIV del artículo 126 quater; y se adiciona un segundo párrafo la fracción LXXXV del artículo 43; un segundo párrafo a la fracción XXVII del artículo 68; un tercer párrafo recorriéndose la subsecuente del articulo 87; y un segundo párrafo al artículo 91 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

21.50 COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN Y ASUNTOS AGRARIOS. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento en los artículos 25 y 59 fracción XXVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 25, 26, 27 fracción I y 28 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, en cumplimiento a la sentencia de seis de septiembre del dos mil veintiuno, dictada por la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dentro de los Expedientes SX-JDC-1338/2021 y SX-JRC-250/2021 acumulados, declara procedente que el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca convoque a Elección Extraordinaria en el Municipio de Santa Cruz Xoxocotlan, Centro, Oaxaca, que electoralmente se rigen por el sistema de partidos políticos, toda vez que se declaró la nulidad de la elección ordinaria durante el proceso electoral ordinario 2020 – 2021.

21.51 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente que el Ciudadano SAUL HERRERA RAMOS asuma el cargo de Síndico Municipal del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Santa María Colotepec, Pochutla, Oaxaca, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo. Periodo 2020-2022.

21.52 c) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia Municipal a favor de “YOJUELA”, de San Idelfonso Amatlan, Miahuatlán, perteneciente al Municipio de San Idelfonso Amatlan, Miahuatlán, Oaxaca.

21.53 d) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 15, 18, 20 Bis, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la Categoría Administrativa de Agencia de Policía a favor de la comunidad de la “San Martin de Porres”, perteneciente al Municipio de Nejapa de Madero, Yautepec, Oaxaca. Asimismo, se reforma el Decreto No. 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el 25 de septiembre de 2018 y publicado en el Periódico Oficial del Estado el 10 de noviembre de 2018, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de Nejapa de Madero, Yautepec, Oaxaca.

21.54 e) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia de Policía a favor de “LA GUADALUPE”, Santa Ines del Monte, Zaachila, perteneciente al Municipio de Santa Ines del Monte, Zaachila, Oaxaca.

21.55 f) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia de Policía a favor de “GUADALUPE DE LAS FLORES MONTEVERDE”, San Antonino Monte Verde, Teposcolula, Oaxaca, perteneciente al Municipio de San Antonino Monte Verde, Teposcolula, Oaxaca.

21.56 g) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la denominación política de Núcleo Rural a favor de la comunidad del “PARAJE SAUCRIPRES”, Cuilápam de Guerrero, Centro, Oaxaca, perteneciente al Municipio de Cuilápam de Guerrero, Centro, Oaxaca.

21.57 COMISIÓN PERMANENTE DE GRUPOS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XII del artículo 13, la denominación del Capítulo XXIII del Título Segundo, el párrafo primero del artículo 80, el apartado A del artículo 109; se adiciona el artículo 81 Bis, 81 Ter, 81 Quater a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca.

21.58 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta a la Presidenta del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Oaxaca, para que instruya a la Titular de la Procuraduría de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca, para que en todos los casos en los que advierta la restricción o vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes de manera inmediata dicte las medidas de protección necesarias, verificando el cumplimiento por las instancias a las que hayan sido decretadas a fin de garantizar el interés superior de la niñez, evitando ser únicamente una instancia receptora y canalizadora de solicitudes de atención.

21.59 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE HACIENDA; Y DE DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, con las facultades que le confiere el artículo 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, acuerda: el archivo de los expedientes 26 y 609 del índice de las Comisiones Permanentes Unidas de Democracia y Participación Ciudadana y de Hacienda, respectivamente, de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca como asuntos concluidos y deja a salvo el derecho de la Diputada Victoria Cruz Villar, para volver a presentar la Proposición con Punto de Acuerdo que motivó la integración de los expedientes cuyo archivo se acuerda.

21.60 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE HACIENDA; Y DE PRESUPUESTO Y PROGRAMACIÓN. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, acuerda: desechar la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona el artículo 57 BIS de la Ley Estatal de Hacienda, y ordena el archivo de los expedientes 79 y 616 de las Comisiones Permanentes de Presupuesto y Programación y de Hacienda, respectivamente, como asuntos total y definitivamente concluidos.

21.61 COMISIÓN PERMANENTE DE IGUALDAD DE GÉNERO. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman el artículo 2, la fracción XIII del artículo 5 y la fracción VI del artículo 28; y se adicionan la fracción XIV al artículo 5, recorriéndose la subsecuente, y las fracciones VIII y IX al artículo 28 de la Ley de Igualdad entre mujeres y hombres en el Estado de Oaxaca.

21.62 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 13; se adiciona la fracción XII, recorriéndose las subsecuentes del artículo 13; el capítulo séptimo "De la Igualdad en el Acceso a la Justicia y la Seguridad Pública" del título IV compuesto por los artículos 37 bis y 37 ter de la Ley de Igualdad Entre Mujeres y Hombres para el Estado de Oaxaca.

21.63 c) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adiciona la fracción Vi del artículo 16 y se reforma la fracción V del artículo 17 de la Ley Estatal De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia De Género.

21.64 d) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta a la Titular de la Delegación de la Procuraduría Federal del Consumidor en el Estado, para que en el marco de sus atribuciones, instrumente las acciones necesarias a fin de visibilizar, erradicar y sancionar la imposición del denominado “Impuesto Rosa” ya que su aplicación es una clara forma de desigualdad y desventaja contra las mujeres.

21.65 e) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta a los integrantes del Sistema Estatal para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia de Género en Contra de la Mujer, para que revisen e inicien los trabajos de actualización de toda la política pública en materia de género, haciendo las adecuaciones necesarias y ajustes razonables para adecuarla a la “nueva normalidad” que será vivida durante y posterior a la pandemia de SARS- COV2 (COVID-19). Asimismo, al Titular del Poder Ejecutivo del Estado para que, a través de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca y la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca, se implementen acciones mecanismos y estrategias de atención inmediata e integral a las peticiones de auxilio de las mujeres que están viviendo violencia familiar y/o de género derivado del confinamiento durante y posterior a la pandemia de SARS- COV2 (COVID-19). Asimismo, a la Fiscalía General del Estado y Fiscalía Especializada para la Atención a Delitos Contra la Mujer por Razón de Género, Centro de Justicia para las Mujeres, y a los 570 ayuntamientos y Consejos Municipales del Estado, para que garanticen la protección integral de las víctimas de violencia de género en el Estado, mediante estrategias, mecanismos y acciones tendientes a facilitar la presentación y atención de denuncia por violencia familiar y/o de género a causa del de la pandemia de SARS- COV2 (COVID-19), así como la inmediata implementación de órdenes de protección con perspectiva de género e interculturalidad.

21.66 f) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Gobierno del Estado de Oaxaca y a los presidentes municipales, para que realicen programas de prevención, atención, sanción y erradicación de las conductas políticas, sociales y culturales que justifican y alientan la violencia simbólica contra las mujeres, a fin de propiciar un estilo de relaciones humanas basadas en el respeto de sus derechos fundamentales.

21.67 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE IGUALDAD DE GÉNERO; Y DE ADMINISTRACIÓN Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Titular del Poder Ejecutivo del Estado para que a través de la Secretaria General De Gobierno en coordinación con el Secretario de Seguridad Pública del Estado De Oaxaca, implementen las acciones necesarias para prevenir la desaparición de mujeres en el Estado de Oaxaca; de igual forma al Titular de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, para que investigue de manera diligente todas las denuncias relacionadas con la desaparición de niñas, adolescente y mujeres, implementando el Protocolo de Actuación Ministerial, Pericial y Policial en el Delito de Feminicidio para el Estado de Oaxaca, así como al Titular Del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca, Magistrado Eduardo Pinacho Sánchez para que al momento de juzgar los hechos relacionados con la desaparición de mujeres, feminicidio y delitos de violencia en contra las mujeres juzgue de manera expedita con base en la perspectiva de género. Asimismo, a las autoridades materia del presente exhorto para que en el plazo de treinta días naturales entreguen detallado informe al congreso del estado sobre las acciones emprendidas para dar cumplimiento al presente Acuerdo. Asimismo, al Tribunal Superior de Justicia para que en el plazo de diez días hábiles remita a esta Soberanía detallado informe sobre la estadística y el estado de las carpetas judicializadas sobre desaparición de mujeres en Oaxaca.

21.68 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta de manera urgente al Titular del Poder Ejecutivo Estatal, Mtro. Alejandro Ismael Murat Hinojosa, para que instale de manera inmediata una mesa de trabajo a través de la Secretaría General de Gobierno en coordinación con la Fiscalía General del Estado para atender las demandas ciudadanas sobre delitos de violencia contra las mujeres en razón de género.

21.69 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE IGUALDAD DE GÉNERO; Y DE DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman las fracciones XXXII, XXXVI, XXXVII y XXXVIII del artículo 2 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca.

21.70 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres, para que informe detalladamente al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca sobre el número, porcentaje, cargo y ubicación de mujeres autoridades municipales.

21.71 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE IGUALDAD DE GÉNERO; Y DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 28, se adiciona la fracción XII recorriéndose las subsecuentes al artículo 13 de la Ley de igualdad entre mujeres y hombres para el Estado de Oaxaca.

21.72 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 63; se reforma el primer párrafo, la fracción XXII, adicionándose la fracción XXIII, recorriéndose la subsecuente del artículo 65, ambos de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género.

21.73 COMISIÓN PERMANENTE DE INFRAESTRUCTURAS, DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable y; al encargado de despacho de la Dirección General de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca, para que de manera urgente y coordinada implementen un programa de ejecución y mantenimiento de baches en calles y avenidas de la capital del Municipio de Oaxaca de Juárez, a fin de garantizar el buen estado de las vialidades y traslado seguro de las y los oaxaqueños.

21.74 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Maestro Javier Lazcano Vargas, Titular de la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable (SINFRA) para que: Haga público el Proyecto de la Obra “Ampliación y modernización de la carretera número 175 (Oaxaca-Puerto Ángel) del kilómetro 1+000 al kilómetro 6+300 entronque Aeropuerto 1ª etapa” conocida como ampliación de la Avenida Símbolos Patrios, así mismo ante las protestas suscitadas por la pretensión de cortar árboles existentes en el lugar, se realice una consulta ciudadana, previa ejecución de dicho proyecto. Así mismo, antes de la reactivación de la obra conocida como “Libramiento Sur”, se garantice el derecho constitucional a la consulta de los pueblos y comunidades por cuyo territorio pasará dicho libramiento, con la finalidad de evitar conflictos sociales.

21.75 COMISIÓN PERMANENTE INSTRUCTORA. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, acuerda en cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SRE-PSL-14/2021, impone al ciudadano Alejandro Ismael Murat Hinojosa, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, la sanción consistente en un APERCIBIMIENTO, para que se abstenga de realizar las conductas que motivaron la sentencia referida, infrinjan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como las disposiciones legales en materia electoral.

21.76 COMISIÓN PERMANENTE DE MOVILIDAD, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman el segundo y tercer párrafos del artículo 90 de la Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca.

21.77 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adicionan los incisos c), d) y e) a la fracción I del artículo 3, corriéndose en su orden las subsecuentes, de la Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca.

21.78 c) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Titular de la Secretaría de Movilidad del Estado de Oaxaca, para que en coordinación con los Municipios que conforman la zona metropolitana de Oaxaca, implementen a la brevedad un programa de señalización horizontal en las vialidades primarias, secundarias y terciarias, a fin de garantizar la seguridad vial y peatonal, y la delimitación de la circulación vial de los vehículos motorizados y no motorizados, procurando el uso de pinturas amigables con el medio ambiente.

21.79 d) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara improcedente la Iniciativa con Proyecto de Decreto por la que se pretendió reformar por adición de la fracción VII al artículo 2 de la Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca; se ordena el archivo definitivo del expediente número LXIV/CPMCyT/187, del índice de la Comisión Permanente de Movilidad, Comunicaciones y Transportes, como asunto total y definitivamente concluido.

21.80 COMISIÓN PERMANENTE DE SALUD. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción IV del artículo 29, así mismo se adicionan la fracción IV al artículo 33 y el artículo 34 Bis, a la Ley Estatal de Salud.

21.81 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adiciona la fracción XIII, recorriéndose las subsecuentes, del inciso B del artículo 4, y se adiciona el Capítulo XIII BIS a la Ley Estatal de Salud.

21.82 c) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara la preclusión, y ordena el archivo de los expedientes 2, 7, 9, 11, 12, 13, 16, 20, 23, 32, 35, 37, 38, 46, 52, 54, 70, 71, 72, 74, 76, 77, 85, 89, 90, 107, 109, 111, 115, 116, 118, 124, 125, 126, 135, 136, 137, 140, 150, 152, 158, 159, 160, 161, 162, 165, 168, 169, 170, 174, 177, 179, 180, 183, 185, 186, 189, 190, 191, 192, 194, 195, 196, 197, 201, 230, 234, 236, 249, 267, 277, 279, 281, 287, 288, 292, 294, 299, 305, 314, 315, 316, 321, 333, 335, 342, 349, 351, 357, 358, 360, 362, 387, 388, 389, 397, 398, 410, 419, 423, 432, 436, 439, 452, 453, 457, 458, 462, 463, 464, 465, 466, 476, 480, 481, 496, 502, 516, 517, 518 y 520 del índice de la Comisión Permanente de Salud de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional; como asuntos total y definitivamente concluidos.

21.83 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE SALUD; Y DE GRUPOS EN SITUACIÓN DE VULNERAVILIDAD. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adiciona el artículo 123 Bis y se reforman los artículos 323 y 328 de la Ley Estatal de Salud.

21.84 COMISIÓN PERMANENTE DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Secretario de Seguridad Pública del Estado para que refuerce los operativos de vigilancia a efecto de prevenir el robo de vehículos y para la recuperación de los vehículos robados.

21.85 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta atenta y respetuosamente al Titular de la Secretaria de Seguridad Pública instrumente programas para difundir protocolos de seguridad dirigido a los usuarios y empleados de las instituciones bancarias ante la ocurrencia de robos o cualquier delito que pone en riesgo la vida, la integridad , o los bienes de las persona s, así como operativos de vigilancia permanente para prevenir robos a transeúntes en la vía pública, instituciones bancarias y cajeros automáticos establecidos en la Entidad, en consideración a la crisis económica que está causando la pandemia del Covid-19. Asimismo, a los 570 Ayuntamientos y Consejos Municipales del Estado, para que de manera coordinada, por conducto de sus elementos de Seguridad, implementen medidas y acciones, que permitan disminuir y prevenir en la Entidad, el robo a transeúnte en vía pública, a casa habitación y a negocios, con la finalidad de resguardar la seguridad y bienes de los Oaxaqueños, debido a que estos van en aumento.

21.86 COMISIÓN PERMANENTE DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura con fundamento en los artículos 21 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 20, 21 y Transitorio Cuarto de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Oaxaca nombra al C. Víctor Alberto Quiroz Arellanes, como Titular del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Oaxaca.

21.87 b) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, ordena el archivo definitivo del expediente número 166 del índice de esta Comisión Permanente de Trabajo y Seguridad Social, como asunto total y definitivamente concluido.

21.88 c) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca ordena el archivo definitivo del expediente número 167 del índice de esta Comisión Permanente de Trabajo y Seguridad Social, como asunto total y definitivamente concluido.

21.89 d) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca ordena el archivo definitivo del expediente número 177 del índice de esta Comisión Permanente de Trabajo y Seguridad Social, como asunto total y definitivamente concluido.

21.90 e) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca ordena el archivo definitivo del expediente número 178 del índice de esta Comisión Permanente de Trabajo y Seguridad Social, como asunto total y definitivamente concluido.

21.91 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE TURISMO; Y GRUPOS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adiciona el artículo 21 Bis, se reforman los artículos 22 y 23, de la Ley de Turismo del Estado de Oaxaca.

21.92 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XII, del articulo 54; las fracciones VI y VII, del articulo 55; se adiciona un tercer párrafo, al artículo 47; y la fracción VIII, al articulo 55, de la Ley de Turismo del Estado de Oaxaca.

21.93 c) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman las fracciones III y IV, del artículo 56, se adiciona el artículo 54 Bis, y las fracciones V, VI y VII, al artículo 56, de la Ley de Turismo del Estado de Oaxaca.

21.94 COMISIÓN PERMANENTE DE VIGILANCIA DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 6 y 50; y se adiciona los artículos 19 Bis y 19 Ter, todos de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca.

21.95 COMISIÓN PERMANENTE DE VIGILANCIA DEL SISTEMA ESTATAL DE COMBATE A LA CORRUPCIÓN. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, exhorta al Director General de los Servicios de Salud del Estado, para que transparente a la brevedad posible el destino que han tenido los recursos económicos donados de manera voluntaria por los trabajadores de confianza de la administración pública centralizada y paraestatal del Gobierno del Estado, de conformidad con el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para otorgar el bono extraordinario (Bono Covid) para médicos, enfermeras y auxiliares de salud de los Servicios de Salud de Oaxaca.

22 Asuntos Generales.

Nota:

NOTA: El orden del día que se publica en la Gaceta Parlamentaria, está sujeto a modificaciones y a la aprobación definitiva que la Mesa Directiva pueda realizar, hasta antes del inicio de la misma.