14-04-2021
Sesión: GP-183 SESIÓN ORDINARIA

LXIV Legislatura

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Tipo de sesión:

GP-183 Sesión Ordinaria

Fecha de Sesión:

14-04-2021

1 Aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior.

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2 Documentos en Cartera.

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3 Solicitud de licencia del Diputado Arsenio Lorenzo Mejía García Integrante de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado, para separarse de su cargo.

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4 Solicitud de licencia de la Diputada Arcelia López Hernández del Grupo Parlamentario del partido Morena, para separarse de su cargo.

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5 Solicitud de licencia de la Diputada Hilda Graciela Pérez Luis del Grupo Parlamentario del partido Morena, para separarse de su cargo.

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6 Solicitud de licencia de la Diputada Gloria Sánchez López del Grupo Parlamentario del partido Morena, para separarse de su cargo.

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7 Acuerdo parlamentario de las y los Diputados integrantes de la Junta de Coordinación Política de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado.

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8 Acuerdo parlamentario de las y los Diputados integrantes de la Junta de Coordinación Política de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado.

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9 Acuerdo parlamentario de las y los Diputados integrantes de la Junta de Coordinación Política de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado.

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10 Iniciativa del Ciudadano Alejandro Ismael Murat Hinojosa, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por la que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

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11 Iniciativa de la Diputada Aurora Bertha López Acevedo del Partido Verde Ecologista de México, por la que se reforman el primer párrafo del apartado F del artículo 25; la fracción V del artículo 34; las fracciones VII y VIII del artículo 68; la fracción IV del artículo 101; el inciso g) de la fracción I del artículo 113; el tercer párrafo del apartado A, el quinto párrafo del apartado B, el tercer párrafo del apartado C, el cuarto párrafo del apartado D del artículo 114; la fracción III del inciso A) del artículo 114 Quáter; y se Adicionan un tercer párrafo al apartado B del artículo 25 y la fracción IX al artículo 68, todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

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12 Iniciativa de la Diputada Aurora Bertha López Acevedo del Partido Verde Ecologista de México, por la que se adiciona la fracción IV al artículo 419 al Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

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13 Iniciativa de la Diputada Delfina Elizabeth Guzmán Díaz del Partido Morena, por la que se reforman la fracción IV y se recorre la subsecuente del artículo 7, el artículo 11, 42, 53 y se adiciona segundo párrafo al artículo 37 de la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Oaxaca.

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14 Iniciativa del Diputado Timoteo Vásquez Cruz del Partido Morena, por la que se reforma la fracción XLIII, recorriéndose la subsecuente del artículo 119 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Oaxaca.

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15 Iniciativa de la Diputada Maritza Escarlet Vásquez Guerra del Partido Revolucionario Institucional, por la que se adiciona un cuarto párrafo al artículo 9 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

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16 Iniciativa de la Diputada Maritza Escarlet Vásquez Guerra del Partido Revolucionario Institucional, por la que se reforman los artículos 30, 32 y 47, de la Ley de los Derechos de las Personas con Discapacidad en el Estado de Oaxaca.

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17 Iniciativa de la Diputada Maritza Escarlet Vásquez Guerra del Partido Revolucionario Institucional, por la que se adiciona la fracción III al artículo 24 de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca.

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18 Iniciativa de la Diputada María Lilia Arcelia Mendoza Cruz del Partido Revolucionario Institucional, por la que se reforma el primer párrafo del artículo 157 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

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19 Iniciativa de la Diputada María Lilia Arcelia Mendoza Cruz del Partido Revolucionario Institucional, por la que se reforman el párrafo tercero de la fracción XXX del artículo 49 y el párrafo primero del artículo 262 del Código Fiscal para el Estado de Oaxaca.

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20 Iniciativa de la Diputada María Lilia Arcelia Mendoza Cruz del Partido Revolucionario Institucional, por la que se reforman el artículo vigésimo, el tercer párrafo del artículo Vigésimo-Primero, el artículo Vigésimo - Segundo, el Primer párrafo del artículo Vigésimo-Tercero, y el artículo Trigésimo - Tercero de la Ley de Bienes Pertenecientes al Estado de Oaxaca.

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21 Iniciativa de la Diputada Yarith Tannos Cruz del Partido Revolucionario Institucional, por la que se reforman la fracción XIX del artículo 108 y el primer párrafo del artículo 114; y se adiciona la fracción XX recorriéndose en su orden la subsecuente del artículo 108, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca.

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22 Iniciativa de la Diputada Yarith Tannos Cruz del Partido Revolucionario Institucional, por la que se reforman las fracciones VI y VII del artículo 14 y se adiciona la fracción VIII al artículo 14 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Estado de Oaxaca

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23 Iniciativa de la Diputada Yarith Tannos Cruz y los Diputados Ángel Domínguez Escobar, Emilio Joaquín García Aguilar y Mauro Cruz Sánchez, integrantes de la Comisión Permanente de Movilidad, Comunicaciones y Transportes, por la que se reforman la fracción LIX del artículo 4, corriéndose en su orden las subsecuentes; la fracción I del artículo 5; los artículos 18, 21, 24 y 25; la fracción III del artículo 26; los artículos 29, 32 y 34; las fracciones II y III del artículo 35, corriéndose en su orden la subsecuente; el inciso b) de la fracción I del artículo 52; los artículos 57 y 85; el segundo párrafo del artículo 87, el primer párrafo del artículo 95, el segundo párrafo del artículo 192; los artículos 193, 194 y 195 y se adicionan, un tercer párrafo al artículo 12, la fracción IV al artículo 26 corriéndose en su orden la subsecuente, el artículo 37 Bis; un segundo y un tercer párrafo al artículo 47, corriéndose en su orden los subsecuentes; un segundo párrafo al artículo 54, corriéndose en su orden los subsecuentes, y un segundo párrafo al artículo 156, a la Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca.

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24 Iniciativa de la Diputada Inés Leal Peláez del Partido Morena, por la que se reforma la fracción XXVI; y se adiciona la fracción XXVII recorriéndose la subsecuente del Articulo 4 de la Ley Estatal de Salud del Estado de Oaxaca.

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25 Iniciativa de la Diputada Elena Cuevas Hernández del Partido Morena, por la que se reforma el artículo 52, fracción III de la Ley del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Oaxaca; se reforma el artículo 21, fracción II de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca; y se reforma el artículo 5, fracción V de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca.

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26 Iniciativa de la Diputada Magaly López Domínguez del Partido Morena, por la que se reforma el artículo 56, así como sus fracciones VI, VIII, X, XI, XII y el artículo 260 Bis de la Ley Estatal de Salud.

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27 Iniciativa de la Diputada Victoria Cruz Villar del Partido Verde Ecologista de México, por la que se adicionan el capítulo IX al título decimosexto y los artículos 325 Bis y 325 Ter al Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

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28 Iniciativa de la Diputada Victoria Cruz Villar del Partido Verde Ecologista de México, por la que se reforma el artículo 198 de la Ley de Ordenamiento Territorial Urbano para el Estado de Oaxaca.

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29 Iniciativa de la Diputada Victoria Cruz Villar del Partido Verde Ecologista de México, por la que se reforma la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género agregándole un Segundo y Tercer párrafo al artículo 7.

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30 Iniciativa de la Diputada Migdalia Espinosa Manuel del Partido Morena, por la que se adicionan los artículos 31 Bis y 31 Ter de la Ley Estatal de Salud.

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31 Iniciativa de la Diputada Migdalia Espinosa Manuel del Partido Morena, por la que se adiciona el artículo 123 Bis de la Ley Estatal de Salud.

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32 Iniciativa de la Diputada María de Jesús Mendoza Sánchez del Partido Acción Nacional, por la que se adiciona un capítulo noveno denominado “de las tarifas” que comprende el artículo 52 de la Ley de Encierros y Depósitos de Vehículos para el Estado de Oaxaca.

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33 Iniciativa de la Diputada María de Jesús Mendoza Sánchez del Partido Acción Nacional, por la que se adiciona un capítulo VII denominado de la atención a las personas con secuelas de sar-cov-2, que comprende el artículo 70 Bis. al Título tercero denominado de la prestación de los Servicios de Salud de la Ley Estatal de Salud.

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34 Iniciativa de la Diputada Juana Aguilar Espinoza del Partido Morena, por la que se reforma la fracción VII del artículo 5 y se adiciona la fracción V al artículo 13 la Ley para la Donación y el Aprovechamiento Integral de Alimentos del Estado de Oaxaca.

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35 Iniciativa del Diputado Mauro Cruz Sánchez del Partido Morena, por la que se adiciona el TÍTULO SEXTO, denominado DEL ORGANO DE CONTROL INTERNO DE LA FISCALÍA GENERAL, con los CAPÍTULO PRIMERO, denominado DE LAS ATRIBUCIONES DEL ORGANO DE CONTROL INTERNO y el CAPÍTULO SEGUNDO, denominado ESTRUCTURA DEL ORGANO DE CONTROL INTERNO y los artículos 101, 102, 103, 104 y 105 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca.

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36 Iniciativa del Diputado César Enrique Morales Niño del Partido del Trabajo, por la que se adiciona el artículo 50 A, al Código Fiscal para el Estado de Oaxaca.

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37 Iniciativa del Diputado Horacio Sosa Villavicencio del Partido Morena, por la que se declara como día de conmemoración Cívica el 5 de junio de cada año para celebrar el día de Estatal del Medio Ambiente.

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38 Iniciativa del Diputado Horacio Sosa Villavicencio del Partido Morena, por la que se reforma la fracción XXVII Bis del artículo 132 de la Ley Federal de Trabajo; y se adiciona un párrafo al artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.

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39 Iniciativa de la Diputada Elisa Zepeda Lagunas del Partido Morena, por la que se adiciona la fracción XXXIII Bis artículo 68 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

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40 Proposición con Punto de Acuerdo de las Diputadas Leticia Socorro Collado Soto y Arcelia López Hernández, y Diputados Ericel Gómez Nucamendi y Ángel Domínguez Escobar, del Partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Director General de los Servicios de Salud del Oaxaca, para que transparente a la brevedad posible el destino que han tenido los recursos económicos donados de manera voluntaria por los trabajadores de confianza de la Administración Pública Centralizada y Paraestatal del Gobierno del Estado, de conformidad con el acuerdo “por el que se emiten los lineamientos para otorgar bono extraordinario (Bono COVID) para médicos, enfermeras y auxiliares de salud de los Servicios de Salud de Oaxaca”.

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41 Proposición con Punto de Acuerdo de los Diputados Ericel Gómez Nucamendi y Ángel Domínguez Escobar, y Diputadas Leticia Socorro Collado Soto y Arcelia López Hernández, del Partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, al Secretario de Economía del Gobierno del Estado, al Consejo Estatal de Mejora Regulatoria y al Coordinador Estatal de Mejora Regulatoria, para que expida y apruebe los lineamientos generales para la implementación del análisis de impacto regulatorio; así como el programa de mejora regulatoria, a que hace referencia el transitorio noveno de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Oaxaca y sus Municipios.

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42 Proposición con Punto de Acuerdo de las Diputadas y Diputados Ericel Gómez Nucamendi, Yarith Tannos Cruz, Leticia Collado Soto, Timoteo Vásquez Cruz; y Ángel Domínguez Escobar, integrantes de la Sexagésima Cuarta Legislatura, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta a la Secretaria de Movilidad del Gobierno del Estado Oaxaca, al Director de la Policía Vial Estatal, así como a las 570 Autoridades Municipales de Tránsito y Vialidad, para que se abstengan de retener placas, licencias de conducir, tarjetas de circulación u otros documentos relacionados con el manejo y tránsito de vehículos, cuyo contenido se encuentra establecido en el artículo 25 de los Decretos 732 publicado en el Periódico Oficial Extra del 27 de octubre del 2017, y Decreto número 833 publicado en el Periódico Oficial número 47 tercera sección del 23 de noviembre del 2019, ambos de la Ley de Tránsito, Movilidad y Vialidad del Estado de Oaxaca.

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43 Proposición con Punto de Acuerdo de las Diputadas Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, Elisa Zepeda Lagunas, Laura Estrada Mauro y Juana Aguilar Espinoza, integrantes del Partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Comité Coordinador del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción del Estado, para que aplique los principios de paridad y alternancia en la designación de la Titularidad de la Secretaría Técnica de la Comisión Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.

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44 Proposición con Punto de Acuerdo de la Diputada Migdalia Espinosa Manuel, del Partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, para que, a través de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura, implementen medidas preventivas y en su caso de control, para combatir el brote nacional de la Enfermedad Hemorrágica Viral de los Conejos (EHVC).

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45 Proposición con Punto de Acuerdo del Diputado Pavel Meléndez Cruz, del Partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Titular del Instituto Nacional de Migración, para que establezca acciones eficaces y eficientes en todo el territorio nacional, para garantizar el interés superior de las niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados.

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46 Proposición con Punto de Acuerdo del Diputado Saúl Cruz Jiménez, del Partido del Trabajo, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, atento y respetuoso exhorto al Director de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE), para efecto de que se respete el precio de treinta y dos pesos 00/100 M.N del peaje de la caseta Mitla – Tehuantepec, que en días pasados tuvo una alza significativa que afecta gravemente la económica familiar de nuestras hermanas y hermanos de los municipios de la Región Mixe en nuestro Estado.

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47 Proposición con Punto de Acuerdo de la Diputada Elisa Zepeda Lagunas, del Partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta a las y los integrantes del Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción, para que dentro de sus atribuciones haga efectivo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de paridad y alternancia de género al momento de designar a la persona que fungirá como Secretaria Técnica de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.

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48 Proposición con Punto de Acuerdo del Diputado Noé Doroteo Castillejos, del Partido del Trabajo, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Titular de la secretaria de la Defensa Nacional y al Titular del Ejecutivo del Gobierno del Estado de Oaxaca, para que no instale y/o construya el nuevo Cuartel General de la Octava Región Militar, en terrenos del distrito de Tlacolula de Matamoros, Oaxaca.

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49 Proposición con Punto de Acuerdo del Diputado Noé Doroteo Castillejos, del Partido del Trabajo, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Titular de los Servicios de Salud del Estado de Oaxaca, para que en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, realice todas las gestiones necesarias para que los prestadores de los servicios de salud adscritos a los Servicios de Salud del Estado de Oaxaca, sean considerados como trabajadores de alto riesgo laboral.

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50 Proposición con Punto de Acuerdo de la Diputada Maritza Escarlet Vásquez Guerra, del Partido Revolucionario Institucional, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente a la Secretaria de Salud Federal y a la Secretaría de Salud Estatal, para que garanticen el derecho del personal de salud de las instituciones privadas, a acceder oportunamente a la aplicación de vacunas contra el SARS COV2, COVID 19, al que tienen derecho en igualdad de condiciones con el personal de salud de las instituciones públicas, conforme a los principios de igualdad y dignidad, con respeto a sus derechos humanos.

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51 Proposición con Punto de Acuerdo de la Diputada Maritza Escarlet Vásquez Guerra, del Partido Revolucionario Institucional, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente a los 570 Municipios del Estado de Oaxaca, para que implementen un programa de inspección, verificación y control sanitario de los restaurantes, cantinas y bares, con la finalidad de proteger y garantizar la salud pública de la ciudadanía en general, y de manera específica de los turistas nacionales y extranjeros, como parte de las acciones de un turismo seguro.

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52 Proposición con Punto de Acuerdo de la Diputada Aurora Bertha López Acevedo del Partido Verde Ecologista de México, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente a la Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable, y a la Comisión Estatal Forestal, para que de manera coordinada y en base a sus atribuciones, capaciten al personal responsable del arbolado, del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, en materia de manejo y control de la plaga del Muérdago; brindando la asesoría necesaria, con el fin de eliminar esta plaga que afecta los árboles en la capital oaxaqueña, así también para que no se planten especies arbóreas inadecuadas, en lugares no idóneos, para inhibir la propagación de nuevas plagas en la ciudad; asimismo, exhorta respetuosamente a los 570 Ayuntamientos y Consejo Municipales del Estado, para que incluyan dentro de su programa de ordenamiento ecológico y territorial acciones pertinentes a efecto de establecer un Programa de Manejo Integral de Arbolado y Áreas Verdes, en cada una de sus demarcaciones, con la finalidad de coadyuvar a un adecuado manejo de y cuidado de las mismas, así como la de garantizar la sustentabilidad de nuestro Estado, para las futuras generaciones.

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53 Proposición con Punto de Acuerdo de la Diputada María de Jesús Mendoza Sánchez, del Partido Acción Nacional, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Dr. Jorge Alcocer Varela, Secretario de Salud Federal, para que en al ámbito de sus atribuciones y facultades se den a conocer las medidas y acciones que se deben tomar en cuenta por parte de las oaxaqueñas y oaxaqueños, así como las actividades que se pueden desarrollar respecto del cambio de semáforo, por la pandemia por Covid-19.

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54 Proposición con Punto de Acuerdo de la Diputada Magaly López Domínguez, del Partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Fiscal General del Estado, Arturo Peimbert Calvo, a cumplir con su obligación de actuar con la debida diligencia y realizar de inmediato las investigaciones que lleven a la captura y puesta a disposición de los responsables materiales e intelectuales de los asesinatos de defensores de derechos humanos en Paso de la Reina, agotando la hipótesis de que su trabajo de defensa de la tierra, el territorio y sus recursos hayan sido el móvil de los crímenes; asimismo, exhorta al Gobernador Alejandro Ismael Murat Hinojosa, a que instruya a todas las dependencias estatales que sean pertinentes a desarrollar las acciones necesarias de seguridad a fin de garantizar, de manera urgente, la integridad y la vida de las defensoras y los defensores comunitarios de derechos humanos del Consejo de Pueblos Unidos por la Defensa del Río Verde, así como su derecho de defender los derechos humanos.

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55 Proposición con Punto de Acuerdo de la Diputada Magaly López Domínguez, del Partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a aprobar en sus términos y de manera urgente, el Decreto que reforma los párrafos tercero y quinto del artículo 75 de la Ley General de Educación, que le fue turnado en febrero de este año por el Senado de la República, con el fin de promover el consumo de alimentos y bebidas saludables que permitan un desarrollo óptimo de niñas, niños y adolescentes, tanto al interior como al exterior de todas las escuelas de educación básica del país.

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56 Proposición con Punto de Acuerdo de la Diputada Elim Antonio Aquino, Integrante de la Sexagésima Cuarta Legislatura, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta a la Coordinación General de Educación Media Superior y Superior, Ciencia y Tecnología, a efecto de realizar un diagnóstico sobre la situación que guardan las diversas instituciones educativas en su ámbito de injerencia, respecto a la prevención, atención y sanción de la violencia familiar, sexual y escolar, la existencia de áreas de orientación educativa, tutoría o de psicología, marco normativo, programas de prevención y protocolos para la atención, así como un mecanismo de coordinación y difusión que permita boletinar al personal que haya realizado actos de hostigamiento y acoso sexual. y realicen las acciones necesarias para subsanar las lagunas y debilidades detectadas; asimismo, exhorta a la Coordinación General de Educación Media Superior, Superior, Ciencia y Tecnología, deberá emitir los resultados diagnósticos en un término no mayor a 60 días, una vez que le sea notificada la presente determinación.

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57 Proposición con Punto de Acuerdo de la Diputada Elim Antonio Aquino, Integrante de la Sexagésima Cuarta Legislatura, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, condena el homicidio del niño José Manuel, ocurrido en la comunidad de Santa María Tecamaxltepec, Juquila, Oaxaca; asimismo, exhorta al Fiscal General del Estado de Oaxaca, y al Secretario de Seguridad Pública del Estado, para que realicen acciones tendientes a garantizar una investigación eficiente, exhaustiva, profesional, imparcial y expedita para su esclarecimiento, así como para que realicen acciones y la implementación de garantías de no repetición, prevención, protección y seguridad de los menores en todas las Regiones del Estado de Oaxaca.

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58 Proposición con Punto de Acuerdo del Diputado César Enrique Morales Niño, del Partido del Trabajo, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE), para que, en el marco de sus facultades, tome las acciones pertinentes y se emitan medidas de protección a favor de Karla Jiménez Carrasco, quien es candidata a Diputada Federal por el Distrito 08 del Estado, y que denunció actos de violencia política en su contra, particularmente acusó que fue agredida por un grupo armado en su apertura de campaña; asimismo, se exhorte para que dicha autoridades electoral emita los protocolos de seguridad para la protección de las y los candidatos a diputaciones federales que sean amenazados en su integridad, con la finalidad de que las respuestas de las autoridades competentes de forma inmediata.

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59 Proposición con Punto de Acuerdo del Diputado César Enrique Morales Niño, del Partido del Trabajo, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Gobernador del Estado, al Secretario de Salud del Estado, y al Secretario de Salud del Gobierno Federal, para que en dentro del marco de sus competencias y facultades, coordinadamente tomen las medidas sanitarias suficientes, razonables y adecuadas, para prevenir una nueva ola de contagios del virus COVID-19, en la Entidad, ya que ante el aumento de caso, no se ha adoptado acciones preventivas urgentes.

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60 Proposición con Punto de Acuerdo del Diputado César Enrique Morales Niño, del Partido del Trabajo, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca y a las Dependencias Ejecutoras del Decreto 809, para que los más de 675 millones de pesos que faltan por licitar, de los 3500 millones de pesos autorizados por este Congreso, para el financiamiento de obras públicas, se dé preferencia a las empresas oaxaqueñas bien establecidas y que no se encuentren en la lista de empresas con observaciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

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61 Proposición con Punto de Acuerdo del Diputado Emilio Joaquín García Aguilar, del Partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta a la Comisión Nacional del Agua, a la Comisión Estatal del Agua, así como a los 570 Ayuntamientos de la Entidad para que de manera coordinada y en el ámbito de sus respectivas competencias lleven a cabo acciones específicas de desazolve de drenajes, así como la limpieza de los bordes y cauces de ríos y arroyos para evitar riesgos de desbordamientos e inundaciones, evitando también el encharcamiento de agua principal fuente de proliferación de fauna transmisora de enfermedades como el dengue, zika y chikungunya.

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62 Proposición con Punto de Acuerdo de las y los Diputados Integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Morena, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente a la Sala Indígena del Tribunal Superior de Justicia del Estado a que resuelva lo procedente para el cabal cumplimiento de la sentencia emitida por esa Honorable Sala, de fecha 12 de abril de 2019, derivada del expediente JDI/20/2018, a fin de que el ayuntamiento de Mixistlán de la Reforma, Mixe, entregue a la agencia de policía Santa María Mixistlán los recursos de los ramos 28 y 33 fondo III y IV de los ejercicios fiscales 2020 y 2021, vinculando para ello al titular de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado, Vicente Mendoza Téllez-Girón, para la retención, resguardo y entrega de los recursos de manera directa a la agencia, y resuelva lo procedente por el evidente desacato a una orden judicial, en contra de las autoridades municipales de Mixistlán de la Reforma que corresponda, al no haber cumplido con lo dispuesto por la sentencia emitida por esa Honorable Sala, de fecha 12 de abril de 2019, derivada del expediente JDI/20/2018; así mismo se exhorta respetuosamente a la Fiscalía Especializada en Materia de Combate a la Corrupción a que en uso de sus atribuciones para que Inicie de oficio las investigaciones contra las autoridades del ayuntamiento de Mixistlán de la Reforma que corresponda, entre ellos Juan Antonio Díaz (presidente municipal 2020), Eduardo Hernández Rosas (síndico municipal 2020), Fermín Cipriano Arreola (presidente municipal 2021), Vidal Hernández Domínguez (síndico municipal 2021), y demás funcionarios que resulten responsables, tomando como indicio lo expuesto en las consideraciones del presente acuerdo y agilice el desahogo de las diversas carpetas de investigación que ya fueron iniciadas en contra de diversas autoridades del ayuntamiento de Mixistlán de la Reforma, permitiendo la judicialización y el castigo a los delitos que diversos funcionarios municipales han cometido, usando como propio el dinero del pueblo; de igual manera, se exhorta al titular del Poder Ejecutivo del Estado, maestro Alejandro Murat Hinojosa, a que instruya lo necesario para que el Comité Estatal de Planeación para el Desarrollo declare nula la priorización de obras del ayuntamiento de Mixistlán de la Reforma realizada el 2 de abril, por haber excluido a la agencia de policía Santa María Mixstlán, y reponer el procedimiento de manera que esta comunidad pueda participar en la definición de las obras para su propio desarrollo; por último, se exhorta respetuosamente a los Titulares de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Jorge Arganis Díaz Leal, y del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, Adelfo Regino Montes, a lo siguiente para regresar al trazo original para la pavimentación del camino que se realiza con recursos federales en Mixistlán de la Reforma, para que el beneficio de esa obra sea también para las y los habitantes de las agencias, incluyendo a Santa María Mixistlán, y no solamente para quienes viven en la cabecera e Iniciar las denuncias penales y los procesos administrativos a que haya lugar contra los servidores públicos del ayuntamiento de Mixistlán de la Reforma por el desvío de los recursos federales entregados para la obra citada, a la luz de las irregularidades que ya han sido detectadas por la propia Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

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63 Proposición con Punto de Acuerdo de la Diputada Victoria Cruz Villar, del Partido Verde Ecologista de México, por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Mtro. Alejandro Ismael Murat Hinojosa, Gobernador Constitucional del Estado de Oaxaca, para que, instruya al Titular de la Secretaría de Salud Estatal y de conformidad con sus facultades legales, a la brevedad realice los trámites que sean necesarios para que el Hospital de la Niñez Oaxaqueña “Doctor Guillermo Zárate Mijangos”, obtenga el subsidio del Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI), con la finalidad de suministrar los medicamentos oncológicos y con ello, garantizar el derecho constitucional a la salud de las niñas y niños oaxaqueños.

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64 DICTÁMENES DE COMISIONES EN SEGUNDA LECTURA.

64.1 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE ADMINISTRACIÓN Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA; Y DE GRUPOS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD. a) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 69; el artículo 338 y se adiciona un segundo párrafo a la fracción V del artículo 68 del Código Civil para el Estado de Oaxaca.

64.2 b) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, aprueba remitir a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal, para los tramites y procedimientos legislativos correspondientes.

64.3 c) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, ordena el archivo de los expedientes número 119, 239, 599, 669, 672 y 747 del índice de la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia y los expedientes números: 29, 93, 253, 298, 301 y 326 del índice de la Comisión Permanente de Grupos en Situación de Vulnerabilidad de esta Sexagésima Cuarta Legislatura, como asuntos total y definitivamente concluidos.

64.4 COMISIÓN PERMANENTE DE CULTURA, JUVENTUD, CULTURA FISICA Y DEPORTE. a) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, “Declara al Caldo de Piedra, como Patrimonio Cultural Intangible del Estado de Oaxaca.”

64.5 COMISIÓN PERMANENTE DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES. a) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma los párrafos primero, segundo, tercero, quinto, sexto, la fracción IV, V, del párrafo segundo y tercero de la fracción VIII todos del apartado C del artículo 114 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

64.6 b) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma el párrafo décimo del artículo 3 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

64.7 COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN Y ASUNTOS AGRARIOS. a) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 113 y 59 fracción IX, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, y 66 párrafo cuarto de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, en razón a la propuesta formulada por el Secretario General de Gobierno del Estado de Oaxaca, que actúa con las facultades otorgadas mediante acuerdo publicado el veinticinco de abril del año dos mil diecisiete, en el Periódico Oficial Extra del Gobierno del Estado, por el que se delega al Secretario General de Gobierno del Estado de Oaxaca, la facultad de designación de encargados de la Administración de los Municipios que así lo requieran, así como la de proponer al Congreso del Estado o a la Diputación Permanente en su caso, la integración de los Concejos Municipales, en términos del Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por lo que se declara procedente designar a los integrantes del Concejo Municipal del Municipio de San Baltazar Loxicha, Pochutla, Oaxaca. Dicho Concejo Municipal estará en funciones hasta el último día del Periodo Constitucional Electoral del año 2020-2022 o hasta en tanto se lleve a cabo la elección extraordinaria correspondiente.

64.8 b) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 113 y 59 fracción IX, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, y 66 párrafo cuarto de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca y en cumplimiento a la sentencia de fecha ocho julio del dos mil veinte, dictada por las y los Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dentro del expediente SUP-REC-59/2020, relativo al expediente SX-JDC-56/2020, y en razón a la propuesta formulada por el Secretario General de Gobierno del Estado de Oaxaca, que actúa con las facultades otorgadas mediante acuerdo publicado el veinticinco de abril del año dos mil diecisiete, en el Periódico Oficial Extra del Gobierno del Estado, por el que se delega al Secretario General de Gobierno del Estado de Oaxaca, la facultad de designación de encargados de la Administración de los Municipios que así lo requieran, así como la de proponer al Congreso del Estado o a la Diputación Permanente en su caso, la integración de los Concejos Municipales, en términos del Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por lo que se declara procedente designar como integrantes del Concejo Municipal del Municipio de San Miguel Santa Flor, Cuicatlán, Oaxaca. Dicho Concejo Municipal estará en funciones hasta en tanto se lleve a cabo la elección extraordinaria y el nuevo Ayuntamiento tome posesión del cargo, para que concluya el periodo Constitucional de Gobierno 2020-2022.

64.9 c) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y los artículos 34, 82 y 83 fracción III, inciso b, párrafo tercero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente la Licencia del ciudadano Raúl Argenis Regalado Enríquez, al cargo de Síndico Municipal por el periodo comprendido del primero de marzo del dos mil veintiuno al quince de junio del dos mil veintiuno, del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Santo Domingo Ingenio, Juchitán, Oaxaca, Periodo 2019-2021. Asimismo, declara procedente que el concejal suplente, el ciudadano Jesús Posada Gómez, asuma el cargo como Síndico Municipal, por el periodo comprendido del primero de marzo del dos mil veintiuno al quince de junio del dos mil veintiuno, del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Santo Domingo Ingenio, Juchitán, Oaxaca, Periodo 2019-2021, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo.

64.10 d) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y los artículos 34, 82 y 83 fracción III, inciso b, párrafo tercero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente la Licencia del ciudadano Edil Leyva Carmona, al cargo de Regidor de Agua, por el Periodo comprendido del cuatro de marzo de dos mil veintiuno del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de San Juan Bautista Lo de Soto, Jamiltepec, Oaxaca, Periodo2019-2021. Asimismo, declara procedente que el Ciudadano Zenon Agripino Clemente, asuma el cargo como Regidor de Agua por el periodo comprendido del cuatro de marzo de dos mil veintiuno del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de San Juan Bautista Lo de Soto, Jamiltepec, Oaxaca, Periodo2019-2021, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo.

64.11 e) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y los artículos 34, 82 y 83 fracción III, inciso b, párrafo tercero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente la Licencia del ciudadano Abelardo Ruiz Acevedo, al cargo de Presidente Municipal, por el periodo comprendido del seis de marzo del dos mil veintiuno al seis de junio del dos mil veintiuno del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de San Pablo Villa de Mitla, Tlacolula, Oaxaca, Periodo 2019-2021. Asimismo, declara procedente que el concejal suplente, el ciudadano Julio César Hernández Sosa, asuma el cargo como Presidente Municipal, por el periodo comprendido del seis de marzo del dos mil veintiuno al seis de junio del dos mil veintiuno del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de San Pablo Villa de Mitla, Tlacolula, Oaxaca, Periodo 2019-2021,con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo.

64.12 f) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y los artículos 34, 82 y 83 fracción III, inciso b, párrafo tercero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente la renuncia del ciudadano Martin García Ruiz, al cargo de Regidor de Obras del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Pluma Hidalgo, Pochutla, Oaxaca, Periodo 2020-2022. Asimismo, declara procedente que el ciudadano Cirilo Hernández Hernández, asuma el cargo como Regidor de Obras del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Pluma Hidalgo, Pochutla, Oaxaca, Periodo 2020-2022, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo.

64.13 g) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y los artículos 34, 82 y 83 fracción III, inciso b, párrafo tercero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente la renuncia del Ciudadano Olegario Curiel Morales, al cargo de Síndico Municipal del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de San Lucas Quiavini, Tlacolula, Oaxaca, Periodo 2020-2022. Asimismo, declara procedente que el ciudadano Edilberto López, asuma el cargo como Síndico Municipal del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de San Lucas Quiavini, Tlacolula, Oaxaca, Periodo 2020-2022,con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo.

64.14 h) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente que el ciudadano Cristóbal Velásquez Tomasa, asuma el cargo de Regidor de Desarrollo Social del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de San Juan Guichicovi, Juchitán, Oaxaca, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo. Periodo 2019-2021.

64.15 i) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente que el ciudadano Lázaro Cayetano Antonio, asuma el cargo de Regidor de Agricultura del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de San Juan Guichicovi, Juchitán, Oaxaca, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo. Periodo 2019-2021.

64.16 j) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículo 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente que el ciudadano Heciquio Mejía, asuma el cargo de Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de San Juan Diuxi, Nochixtlán, Oaxaca, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo, Periodo 2020-2022.

64.17 k) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia Municipal a favor de Pueblo Viejo, de Magdalena Peñasco, perteneciente al Municipio de Magdalena Peñasco, Tlaxiaco, Oaxaca; se reforma el Decreto número 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el veinticinco de septiembre del dos mil dieciocho y publicado en el Periódico Oficial del Estado el diez de noviembre del dos mil dieciocho, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de Magdalena Peñasco, Tlaxiaco, Oaxaca.

64.18 l) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia Municipal a favor de Barrio San Bartolo, de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, perteneciente al Municipio de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Tlaxiaco, Oaxaca; se reforma el Decreto número 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el veinticinco de septiembre del dos mil dieciocho y publicado en el Periódico Oficial del Estado el diez de noviembre del dos mil dieciocho, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Tlaxiaco, Oaxaca.

64.19 m)  Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia Municipal a favor de Asunción Buenavista, de San Pedro Molinos, perteneciente al Municipio de San Pedro Molinos, Tlaxiaco, Oaxaca; se reforma el Decreto número 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el veinticinco de septiembre del dos mil dieciocho y publicado en el Periódico Oficial del Estado el diez de noviembre del dos mil dieciocho, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de San Pedro Molinos, Tlaxiaco, Oaxaca.

64.20 n) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia Municipal a favor de Loma Bonita de Juárez, de Santiago Nuyoó, perteneciente al Municipio de Santiago Nuyoó, Tlaxiaco, Oaxaca; se reforma el Decreto número 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el veinticinco de septiembre del dos mil dieciocho y publicado en el Periódico Oficial del Estado el diez de noviembre del dos mil dieciocho, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de Santiago Nuyoó, Tlaxiaco, Oaxaca.

64.21 o) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia Municipal a favor de San Lucas Redención, de San Pablo Tijaltepec, perteneciente al Municipio de San Pablo Tijaltepec, Tlaxiaco, Oaxaca; se reforma el Decreto número 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el veinticinco de septiembre del dos mil dieciocho y publicado en el Periódico Oficial del Estado el diez de noviembre del dos mil dieciocho, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de San Pablo Tijaltepec, Tlaxiaco, Oaxaca.

64.22 p) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia de Policía a favor de Tee Ujia Progreso, de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Tlaxiaco, Oaxaca perteneciente al Municipio de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Tlaxiaco, Oaxaca; se reforma el Decreto número 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el veinticinco de septiembre del dos mil dieciocho y publicado en el Periódico Oficial del Estado el diez de noviembre del dos mil dieciocho, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Tlaxiaco, Oaxaca.

64.23 q) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la denominación política de Núcleo Rural a favor de la comunidad de Yuteyubi perteneciente al Municipio de Santa María Yucuhuti, Tlaxiaco, Oaxaca; se reforma el Decreto número 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el 25 de septiembre de 2018 y publicado en el Periódico Oficial del Estado el 10 de noviembre de 2018, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de Santa María Yucuhuti, Tlaxiaco, Oaxaca.

64.24 r) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la denominación política de Núcleo Rural a favor de la comunidad de Colonia la Mixteca perteneciente al Municipio de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Tlaxiaco, Oaxaca; se reforma el Decreto número 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el 25 de septiembre de 2018 y publicado en el Periódico Oficial del Estado el 10 de noviembre de 2018, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Tlaxiaco, Oaxaca.

64.25 COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA. a) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, ordena el archivo del expediente número 1229 del índice de la Comisión Permanente de Hacienda como asunto concluido y deja a salvo el derecho del Diputado Timoteo Vásquez Cruz, para volver a presentar la Proposición con Punto de Acuerdo que motivó la integración del expediente cuyo archivo se acuerda.

64.26 b) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, desecha la Iniciativa por la que se adiciona un artículo transitorio cuarto a la Ley Estatal de Derechos de Oaxaca, para disminuir los cobros por el uso del Jardín Etnobotánico de Oaxaca, y ordena el archivo del expediente 1240 como asunto concluido.

64.27 c) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, desecha el Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Secretario de Finanzas Mtro. Vicente Mendoza Téllez Girón, para que de manera urgente envíe la información detallada y pormenorizada de cuánto asciende por concepto: “los derechos no comprendidos en la ley de ingresos vigente, causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago” que se encuentran establecidos en la iniciativa del paquete económico para su incorporación a la ley de ingresos 2021. Asimismo, Ordena el archivo del expediente número 1387 del índice de la Comisión Permanente de Hacienda como asunto concluido.

64.28 d) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, Desecha la adición de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 28 de la Ley de Ingresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio fiscal 2020. Asimismo, Ordena el archivo definitivo del expediente número 1260, del índice de la Comisión Permanente de Hacienda de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, como asunto concluido.

64.29 e) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, ordena el archivo del expediente número 1230 del índice de la Comisión Permanente de Hacienda como asunto concluido y deja a salvo el derecho del Diputado Timoteo Vásquez Cruz, para volver a presentar la Proposición con Punto de Acuerdo que motivó la integración del expediente cuyo archivo se acuerda.

64.30 f)  Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, ordena el archivo del expediente número 1251 del índice de la Comisión Permanente de Hacienda asunto concluido y deja a salvo el derecho de la Diputada para volver a presentar la Proposición con Punto de Acuerdo que motivó la integración del expediente cuyo archivo se acuerda.

64.31 g) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, desecha la adición a la Ley de Ingresos a terminación del artículo 73 fracción IV, del Título Séptimo de los aprovechamientos, Capítulo I, Aprovechamientos, Sección Primera Multas, y Bando de Policía y Gobierno Municipal, Artículo 79 fracción IV, del Título Décimo, Faltas Infracciones, sanciones y recursos administrativos, capítulo I de las Infracciones. Asimismo; ordena el archivo definitivo del expediente número 1273, del índice de la Comisión de Permanente de Hacienda de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, como asunto concluido.

64.32 COMISIÓN PERMANENTE DE VIGILANCIA DEL SISTEMA ESTATAL DE COMBATE A LA CORRUPCIÓN. a) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental; al Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa; al Titular del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, al Titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, que en el marco de sus atribuciones y competencias, agilicen las investigaciones o procedimientos jurídicos respectivos que en su caso estén sustanciando con motivo de las irregularidades cometidas en construcción y equipamiento de la obra pública denominada “proyecto de apoyo a la movilidad urbana y renovación de parque vehicular”, que después de hace 6 años aún no se ha concluido. asimismo, se exhorta respetuosamente al comité coordinador del sistema estatal de combate a la corrupción del Estado de Oaxaca, que le dé seguimiento puntual a las denuncias o procedimientos jurídicos o administrativos correspondientes sustanciados por las instancias integrantes de dicho comité, a efecto de que, en el momento procesal oportuno, se impongan las sanciones que legalmente procedan, debiendo informar a este congreso del avance correspondiente.

64.33 b) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta atentamente al Titular del Poder Ejecutivo estatal; al Titular de la Secretaria de Finanzas del Estado de Oaxaca; y al Director del Registro Civil del Estado de Oaxaca, para que, con base a sus atribuciones, facultades y competencias, implementen una campaña de información sobre la gratuidad en la expedición de la clave única de registro de población (CURP), en el territorio del Estado de Oaxaca. asimismo, se exhorta al Titular de la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Gobierno del Estado de Oaxaca, para que inicie con las investigaciones correspondientes y en su caso, inicie el procedimiento de responsabilidad administrativa a efecto de sancionar a los servidores públicos adscritos a la Dirección del Registro Civil del Estado que hayan incurrido en cobros indebidos por la tramitación de la CURP, así como también, se tomen las medidas necesarias para evitar dichos cobros indebidos.

64.34 c) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta a la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Gobierno del Estado de Oaxaca, así como a la Secretaría de la Función Pública del Gobierno Federal, que en el marco de su respectiva competencia, inicien las investigaciones correspondientes, y en su caso inicien el procedimiento de responsabilidad administrativa o den vista a la fiscalía competente, así como al servicio de administración tributaria y a la unidad de inteligencia financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por los actos de corrupción y las irregularidades cometidas por los servidores públicos de los Servicios de Salud de Oaxaca que resulten responsables, por la simulación de compras de medicamentos y material médico a utilizarse con motivo de la pandemia generada por el virus SARS COV- 2, COVID 19, durante el año 2020, por más de 80 millones de pesos, a empresas fantasma o comercializadoras sin reconocimiento fiscal y con un giro empresarial distinto a la venta de dichos productos de salud (empresas: Cobimap; Fessus; Ave12; Worthyn; Services Supplies and Importation, etc.); adquisiciones que no reúnen los requisitos ni cumplen con el procedimiento exigido por la ley de adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos, prestación de servicios y administración de bienes muebles e inmuebles del Estado de Oaxaca y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

64.35 d) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta al maestro Alejandro Murat Hinojosa, Gobernador Constitucional del Estado de Oaxaca que, en uso de sus facultades constitucionales y legales, instruya a quien corresponda, el inicio inmediato de los procedimientos legales o de responsabilidad administrativa a que haya lugar, a efecto de sancionar y en su caso destituir a los servidores públicos que participaron en la organización y conducción del evento de proselitismo político realizado el pasado 19 de octubre de 2020, en la Ciudad de Tuxtepec, Oaxaca, en favor del “PRI”. exhortando además al citado Gobernador del Estado, que ajuste su actuar al marco legal y constitucional, manteniendo su neutralidad en el proceso electoral local 2020- 2021, a efecto de garantizar la equidad en la contienda electoral local. Asimismo, de manera respetuosa se exhorta al Fiscal General de la República, Doctor Alejandro Gertz Manero, como Titular del Ministerio Público Federal, a investigar de oficio, a través de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE), los delitos electorales que se hayan cometido por la participación de servidores públicos estatales, en un acto proselitista a favor del PRI, realizado el día lunes 19 de octubre de 2020 en la Ciudad de Tuxtepec, Oaxaca.”

64.36 e) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta al Gobernador del Estado para ordene el inicio de las investigaciones que correspondan por las graves acusaciones surgidas en redes sociales y en diversos medios de comunicación, sobre la existencia de actos de corrupción en Caminos y Aeropistas de Oaxaca (CAO), por la adjudicación de contratos a empresas fantasmas o inexistentes en domicilios fiscales; asimismo se exhorta a la fiscalía especializada en materia de combate a la corrupción, a la secretaria de la contraloría y transparencia gubernamental, al órgano superior de fiscalización del estado, y se solicita a la auditoria superior de la federación, así como a la secretaría de función pública federal, para que en el marco de sus competencias realicen las investigaciones suficientes, necesarias y pertinentes para deslindar responsabilidades de este presunto acto de corrupción, se determine el origen de los recursos públicos presuntamente desviados y en su caso se emitan las sanciones que en derecho correspondan. Asimismo, exhorta al Gobernador del Estado, para que en uso de sus atribuciones, ordene el inicio de los procedimientos respectivos que legal y administrativamente procedan para separar del cargo al Ing. David Mayrén Carrasco, Titular de Caminos y Aeropistas de Oaxaca (cao), y al Lic. Luis Alfonso Martínez Ruiz, Director General de la Comisión Estatal de Vivienda (CEVI), a efecto realizar una investigación imparcial y objetiva sobre los presuntos actos de corrupción en que posiblemente han incurrido al asignar contratos de obras públicas a empresas inexistentes físicamente y con señalamientos de irregularidades fiscales. Por último exhorta al Gobernador del Estado, para que instruya a los integrantes del Comité Ejecutivo de Seguimiento al Ejercicio de los Recursos Destinados a los Proyectos de Inversión Pública autorizados en el Decreto 809 del Honorable Congreso del Estado, comprueben y supervisen que las empresas ganadoras de las licitaciones de las obras del financiamiento tengan domicilios físicos en territorio oaxaqueño, para evitar la contratación de empresas inexistentes o fantasmas, que no garanticen la realización de la obra; asimismo, se le solicita que instruya a dicho Comité Ejecutivo para que depure el listado de proyectos de inversión pública contenidas en la bolsa principal, pero que ya fueron realizados por los Ayuntamientos, el Estado o la Federación y sean sustituidas por las obras contenidas en la bolsa contingente.

65 DICTÁMENES DE COMISIONES EN PRIMERA LECTURA.

65.1 COMISIÓN PERMANENTE DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adicionan las fracciones XX Bis y XXXIV Bis al artículo 46 y se derogan las fracciones LIV y LVII al artículo 45 de la Ley de Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

65.2 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se derogan la fracción I del artículo 33 y el artículo 50, todos de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

65.3 COMISIÓN PERMANENTE DE ADMINISTRACIÓN Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 246, 300, 501; se derogan el artículo 255 y las fracciones III y IV del artículo 1219 del Código Civil para el Estado de Oaxaca.

65.4 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo artículo 143 Quáter; se adiciona el Capítulo VII Bis denominado “De las Constancias de declaración de existencia de concubinato”, al Título Cuarto, del Libro Primero; los artículos 115 Bis, 115 Ter y las fracciones IV y V al artículo 143 Quáter del Código Civil para el Estado de Oaxaca.

65.5 c) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un segundo, tercer y cuarto párrafo recorriéndose el subsecuente al artículo 291; se deroga la fracción II del artículo 184 y el artículo 286 BIS del Código Civil para el Estado de Oaxaca.

65.6 d) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 1; el artículo 2; las fracciones I, VIII, XVII y XVIII del artículo 3; la fracción III del artículo 8; las fracciones VI, VIII del artículo 10; el segundo párrafo del artículo 11; el artículo 15; la fracción VII del artículo 20; el inciso m) del artículo 28; el artículo 34; el artículo 37; la fracción XIII del artículo 53; el primer párrafo y las fracciones IV, V, VI del artículo 54; la nomenclatura del Capítulo IV del Título Octavo del Libro Segundo denominado “DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL”; el artículo 72; el primer párrafo, las fracciones II, III, IV, V, VI, VII, VIII, X, XIV, XV, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI y XXII del artículo 73; el artículo 74; la fracción I del artículo 78; las fracciones V y VI recorriéndose la subsecuente del artículo 80; la fracción II del artículo 88; se adiciona la fracción IV al artículo 8; el inciso a) denominado “Sala Superior” e inciso b) denominado “Salas Unitarias y Sala Especializada" al artículo 54; el párrafo tercero al artículo 69; un artículo 72 Bis; un artículo 72 Ter; se deroga la fracción XIII del artículo 10 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca.

65.7 e) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta al Fiscal General del Estado, para que instruya a todo el personal a su cargo actúe conforme a lo establecido en el Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y no localizadas, para que sin demora, sin esperar que transcurran 72 horas y en la totalidad de los caos utilice las herramientas legales para su búsqueda y apliquen de forma complementaria los protocolos Alba, Alerta Amber, el protocolo Nacional de actuación de atención a víctimas de secuestro y otros protocolos sobre investigación del delito de secuestro, y demás similares y en caso de contradicción actúen conforme al principio Pro Persona; además para que en todo protocolo de búsqueda de mujeres sea aplicable también para la desaparición de mujeres transgénero.

65.8 COMISIONES PERMANENTES DE ADMINISTRACIÓN Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA Y DE SALUD. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción VIII del artículo 156 del Código Civil para el Estado de Oaxaca.

65.9 COMISIÓN PERMANENTE DE AGROPECUARIO, FORESTAL, MINERÍA Y PESCA. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para que a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria en Oaxaca; implemente estrategias integrales que permitan a las y los productores de limón mexicano de la región de la Cañada; la producción, cosecha, certificación, venta y exportación del producto agrícola así como buscar el reconocimiento internacional para llegar a nuevos mercados; evitar que intermediarios adquieran el producto a bajo costo, generando condiciones económicas que permita la venta directa del producto.

65.10 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, para que, a través de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura de Oaxaca, implementen de manera urgente, un programa para dar atención inmediata a familias campesinas afectadas por las heladas suscitadas en últimos días en el Estado.

65.11 c) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta atenta y respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural del Gobierno Federal, y a la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura del Estado, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, generen mecanismos y programas de atención emergente para atender a los productores agrícolas y pecuarios en los municipios afectados por la sequía, y se tomen las medidas necesarias para los próximos meses, al ser los más secos de todo el año en el Estado.

65.12 COMISIÓN PERMANENTE DE DERECHOS HUMANOS. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, considera improcedente aprobar la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 7, de la Ley de la Comisión para la Defensa de los Derechos Humanos del Estado Libre y Soberano del Estado de Oaxaca, por lo que se ordena archivar el expediente LXIV/CPDDHH/123/2020 del Índice de la Comisión Permanente de Derechos Humanos.

65.13 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), para que investigue y en su caso finque responsabilidades en contra de María Lilly del Carmen Téllez García, por los presuntos actos de discriminación realizados en contra de Teresa Ríos, mujer indígena originaria de la Sierra Mazateca del estado de Oaxaca; quien realizó una ceremonia en homenaje a las víctimas de la pandemia de Covid-19 en representación de los pueblos originarios en el Palacio Nacional para la ofrenda denominada “Una flor para cada alma”. Asimismo, exhorta a María Lilly del Carmen Téllez García, para que ofrezca una disculpa pública al pueblo mazateco y a los pueblos originarios de México ante las declaraciones hechas el pasado 31 de octubre de 2020, con motivo de la ceremonia en homenaje a las víctimas de la pandemia de Covid-19 realizada en el Palacio Nacional para la ofrenda denominada “Una flor para cada alma”, lo anterior, por atentar contra la identidad cultural de los pueblos y comunidades indígenas, sobre todo del pueblo Mazateco de Oaxaca, y ser son contraías a los compromisos y obligaciones que ha contraído el Estado Mexicano a nivel internacional en materia de derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, entre los que se encuentra proteger, respetar, reconocer, y proteger los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios de los pueblos indígenas y afromexicanos.

65.14 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE DERECHOS HUMANOS; Y DE IGUALDAD DE GÉNERO. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, en términos de lo que establecen los artículos 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 25 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; 7 de la CEDAW; 3, 4 y 5 de la Convención de Belém do Pará; 11 y 11 Bis de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, exhorta a Esaú Núñez Calvo, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Villa Sola de Vega Oaxaca, a abstenerse de causar actos de molestia por sí o por interpósita persona en contra de Odemaris Yanis Núñez Pérez, María Elena Saucedo Aragón y Bartola Santos Peralta, Regidoras de Salud, Cultura y Síndica Municipal, respectivamente, del Ayuntamiento de Villa Sola de Vega, Oaxaca, que puedan configurarse en algún tipo de violencia en razón de género, especialmente la de índole político instándolo a que eleve su nivel de conciencia acerca de los compromisos y obligaciones internacionales adquiridas por Estado Mexicano, referentes a la erradicación de la violencia en razón de género en contra de las mujeres. Sirva el presente exhorto, para recordándole a dicho servidor público que la prohibición de la violencia por razón de género contra la mujer se ha convertido en un principio del derecho internacional consuetudinario y, por tanto, es vinculante para todos los Estados, y todos los niveles de gobierno, precisando que, la violencia política en el Estado de Oaxaca es tipificada como un delito, así como una causal para la suspensión o revocación del mandato de uno o más de los integrantes del Ayuntamiento en término de los previsto por la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Oaxaca.

65.15 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, en términos de lo que establecen los artículos 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 25 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; 7 de la CEDAW; 3, 4 y 5 de la Convención de Belém do Pará; 11 y 11 Bis de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, exhorta a la Presidenta Municipal, e Integrantes del Ayuntamiento de San Bartolo Soyaltepec, Oaxaca, para que se abstengan de realizar acciones u omisiones que directa o indirectamente restrinjan los derechos de Omero Sánchez Gutiérrez, Ofelia Reyes Jiménez, Artemio Jiménez Palma, Pedro Ramírez García, Roberto Ramírez García, en su carácter de concejales suplentes del ayuntamiento de San Bartolo Soyaltepec, Oaxaca, así como de sus familiares, particularmente se les insta a que eviten desplegar conductas que puedan configurarse en algún tipo de violencia en razón de género especialmente la de índole político. En ese sentido, esta Soberanía recuerda a la Presidenta Municipal, e Integrantes del Ayuntamiento de San Bartolo Soyaltepec, Oaxaca, que, en términos de los establecido por la Ley Orgánica Municipal, la violencia política por razón de género en contra de las mujeres decretada por un órgano jurisdiccional, es causal para la suspensión o revocación del mandato de uno o más de los integrantes del Ayuntamiento.

65.16 c) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, ordena el archivo del expediente radicado con el número 56 en la comisión permanente de derechos humanos y 71 del índice de la Comisión de Igualdad de Género de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, como asunto total y definitivamente concluido.

65.17 d) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, ordena el archivo del expediente radicado con el número 20 en la comisión permanente de derechos humanos y 24 del índice de la Comisión de Igualdad de Género de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, como asunto total y definitivamente concluido.

65.18 e) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, ordena el archivo del expediente radicado con el número 25 en la comisión permanente de derechos humanos y 26 del índice de la Comisión de Igualdad de Género de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, como asunto total y definitivamente concluido.

65.19 COMISIÓN PERMANENTE DE DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

65.20 a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma el numeral 3, del artículo 3; la fracción V del numeral 1, del artículo 79; el numeral 5, del artículo 156; el numeral 5, del artículo 199; el numeral 7, del artículo 322; los numerales 3 y 4, del artículo 344; y, el artículo 350, todos de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca.

65.21 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de participación Ciudadana de Oaxaca, con la finalidad de que actualice los lineamientos emitidos de carácter general en materia de paridad de género, lo anterior, para dar certeza y seguridad jurídica a las y los aspirantes en la postulación al cargo, y que con esto los partidos políticos cumplan con los principios de paridad y alternancia de género.

65.22 c) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente a la titular de la fiscalía especializada en delitos electorales de la fiscalía general del estado, con la finalidad de que lleve a cabo campañas de información respecto de los delitos electorales y la violencia política contra las mujeres por razón de género, así también genere acciones tendentes a prevenir la comisión de delitos electorales y vigile el desarrollo del proceso electoral.

65.23 d) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente a los partidos políticos para que se conduzcan dentro del marco jurídico electoral vigente, con la finalidad de que no generen campañas con mensajes calumniosos que denigren a las y los candidatos. Asimismo, exhorta a las 153 presidencias municipales regidas por el sistema de partidos políticos, así como a los partidos políticos, a sumarse al acuerdo nacional por la democracia convocado por el ejecutivo federal.

65.24 e) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, ordena el archivo del expediente radicado con el número 109 de la Comisión Permanente de Democracia y Participación Ciudadana de la Sexagésima cuarta Legislatura, como asunto total y definitivamente concluido.

65.25 f) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, ordena el archivo del expediente radicado con el número 96 de la Comisión Permanente de Democracia y Participación Ciudadana de la Sexagésima cuarta Legislatura, como asunto total y definitivamente concluido.

65.26 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, Y DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, ordena el archivo de los expedientes números 66 y 46 de los índices de las Comisiones Permanentes Unidas de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación y de Seguridad y Protección Ciudadana, respectivamente, por lo consecuente es procedente declararlos total y definitivamente concluidos.

65.27 COMISIÓN PERMANENTE DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción LXIX del artículo 59, las fracciones I, II, III inciso e), el penúltimo y antepenúltimo párrafo del artículo 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

65.28 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma el primero, segundo y tercer párrafo, así como la fracción I del artículo 23; el primer párrafo y las fracciones I, II, V, VI y VIII, así como el último párrafo del artículo 24; el primer párrafo y las fracciones I, II y III del artículo 25; se adiciona la fracción IX al artículo 24, todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

65.29 c) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adiciona el inciso f) del párrafo 28 del artículo 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

65.30 d) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 16 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

65.31 COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN Y ASUNTOS AGRARIOS. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; artículos 34, 82 y 83 fracción III, inciso b, párrafo tercero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente la Licencia del ciudadano César Carrasco Vicente, al cargo de Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Unión Hidalgo, Juchitán de Zaragoza, Oaxaca, por el periodo comprendido del cinco de marzo del dos mil veintiuno al primero de julio del dos mil veintiuno, Periodo Constitucional de Gobierno 2019-2021. Asimismo, declara procedente que la Sindica Municipal, la ciudadana Laura López López, asuma el cargo de encargada del despacho del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Unión Hidalgo, Juchitán de Zaragoza, Oaxaca, del periodo comprendido del cinco de marzo del dos mil veintiuno al primero de julio del dos mil veintiuno, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo. Periodo Constitucional de Gobierno 2019-2021.

65.32 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y los artículos 34, 82 y 83 fracción III, inciso b, párrafo tercero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente la licencia del ciudadano Miguel Luis Cruz Zurita, al cargo de Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Monjas, Miahuatlán, Oaxaca, Periodo 2020-2022. Asimismo, declara procedente que el concejal suplente, el Ciudadano Enrique Ortiz, asuma el cargo como Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Monjas, Miahuatlán, Oaxaca, Periodo 2020-2022, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo.

65.33 c) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y los artículos 34, 82 y 83 fracción III, inciso b, párrafo tercero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente la renuncia del ciudadano Felipe Santiago Hernández, al cargo de Síndico Municipal del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de San Mateo Sindihui, Nochixtlán, Oaxaca, Periodo 2020-2022. Asimismo, declara procedente que el ciudadano Vicente Santiago Vásquez Hernández, asuma el cargo como Síndico Municipal del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de San Mateo Sindihui, Nochixtlán, Oaxaca, Periodo 2020-2022, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo.

65.34 d) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 83 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente la Licencia del ciudadano OSCAR TORAL RIOS, al cargo de Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Asunción Ixtaltepec, Juchitán, Oaxaca, por el periodo comprendido del cinco de marzo del dos mil veintiuno al primero de julio del dos mil veintiuno, Periodo Constitucional de Gobierno 2019-2021. Asimismo, declara procedente que el Regidor de Hacienda Municipal, él ciudadano Oscar Toledo Gómez, asuma el cargo de encargado del despacho del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Asunción Ixtaltepec, Juchitán, Oaxaca, del periodo comprendido del cinco de marzo del dos mil veintiuno al primero de julio del dos mil veintiuno, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo. Periodo Constitucional de Gobierno 2019-2021.

65.35 e) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y los artículos 34, 82 y 83 fracción III, inciso b, párrafo tercero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente la Licencia de la ciudadana Cecilia Rivas Márquez, al cargo de Presidenta Municipal del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Santiago Jamiltepec, Jamiltepec, Oaxaca, por el periodo comprendido del ocho de marzo del dos mil veintiuno al ocho de junio del dos mil veintiuno, Periodo Constitucional de Gobierno 2019-2021. Asimismo, declara procedente que la Regidora de Hacienda Municipal, la ciudadana Blanca Gil García, asuma el cargo de encargada del despacho del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Santiago Jamiltepec, Jamiltepec, Oaxaca, del periodo comprendido del ocho de marzo del dos mil veintiuno al ocho de junio del dos mil veintiuno, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo. Periodo Constitucional de Gobierno 2019-2021.

65.36 f) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente que el Ciudadano Ignacio García Gonzáles, asuma el cargo de Síndico Municipal del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Tlalixtac de Cabrera, Centro, Oaxaca, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo. Periodo Constitucional de Gobierno 2020-2022; asimismo, declara procedente que la Ciudadana Rosario Hernández Antonio, asuma el cargo de Regidora de Hacienda del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Tlalixtac de Cabrera, Centro, Oaxaca, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo; en el periodo Constitucional de Gobierno 2020-2022. Finalmente declara procedente que la Ciudadana Domitila Santiago García, asuma el cargo de Regidora de Vialidad y Transporte del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Tlalixtac de Cabrera, Centro, Oaxaca, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo. Periodo Constitucional de Gobierno 2020-2022.

65.37 g) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara procedente que el Ciudadano José Ángel Castellanos López, asuma el cargo de Regidor de Hacienda del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de San Francisco Ixhuatán, Juchitán, Oaxaca, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo. Periodo 2019-2021.

65.38 h) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia de Policía a favor de Rio de Hielo Duraznos, de San Sebastián Tecomaxtlahuaca, Juxtlahuaca, Oaxaca perteneciente al Municipio de San Sebastián Tecomaxtlahuaca, Juxtlahuaca, Oaxaca; se reforma el Decreto número 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el veinticinco de septiembre del dos mil dieciocho y publicado en el Periódico Oficial del Estado, el diez de noviembre del dos mil dieciocho, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de San Sebastián Tecomaxtlahuaca, Juxtlahuaca, Oaxaca.

65.39 i) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia Municipal a favor de San Isidro Monteverde, de San Antonino Monte Verde, perteneciente al Municipio de San Antonino Monte Verde, Teposcolula, Oaxaca; se reforma el Decreto número 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el veinticinco de septiembre del dos mil dieciocho y publicado en el Periódico Oficial del Estado el diez de noviembre del dos mil dieciocho, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de San Antonino Monte Verde, Teposcolula, Oaxaca.

65.40 j) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la categoría administrativa de Agencia Municipal a favor de San José el Porvenir, de Santa Lucia Monteverde, perteneciente al Municipio de Santa Lucia Monteverde, Putla, Oaxaca; se reforma el Decreto número 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el veinticinco de septiembre del dos mil dieciocho y publicado en el Periódico Oficial del Estado el diez de noviembre del dos mil dieciocho, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de Santa Lucia Monteverde, Putla, Oaxaca.

65.41 k) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, con fundamento los artículos 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 63, 64, 65 fracción XV, 66, 72, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40 y 42 fracción XV del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 17, 18, 20 y 43 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, declara la denominación política de Núcleo Rural a favor de la Comunidad de Yurancho perteneciente al Municipio de Chalcatongo de Hidalgo, Tlaxiaco, Oaxaca. se reforma el Decreto número 1658 Bis de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca, aprobado el veinticinco de septiembre del dos mil dieciocho y publicado en el Periódico Oficial del Estado el diez de noviembre del dos mil dieciocho, en la parte donde se encuentra, el nombre del Municipio de Chalcatongo de Hidalgo, Tlaxiaco, Oaxaca.

65.42 COMISIÓN PERMANENTE DE GRUPOS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adiciona la fracción XVIII, recorriéndose en su orden las subsecuentes del artículo 6 y se adiciona la fracción XX recorriéndose en su orden la subsecuente del artículo 108, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca.

65.43 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XXIV del artículo 13, el primer párrafo del artículo 114 y se adiciona la fracción XIX recorriéndose las subsecuentes al artículo 6 la fracción XXVI al artículo 13 la fracción XII recorriéndose las subsecuentes al artículo 70, el Capítulo XXVII denominado “Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Calle” al Título Segundo, el artículo 84 Quinquies, 84 Sexies, 84 Séties, 84 Octies, la fracción XIX al artículo 108, el Capítulo IV “Del Registro Estatal de Niñas, Niños y Adolescentes en Estado de Orfandad a Consecuencia del Asesinato de su Madre” al Título Quinto, los artículos 125 Bis, 125 Ter, 125 Quater, 125 Quinquies, 125 Sexies, 125 Sépties y 125 Octies a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca.

65.44 c) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, determina improcedente el Punto de Acuerdo propuesto por las consideraciones vertidas en el presente dictamen, ordenando el archivo del expediente número 132 del índice de la Comisión Permanente de Grupos en Situación de Vulnerabilidad de esta Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional, como asunto total y definitivamente concluido.

65.45 COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, desecha la solicitud de la Presidenta Municipal de Santo Domingo Tehuantepec, Tehuantepec, Oaxaca para autorizar al Ayuntamiento el endeudamiento público por la cantidad de $ 18,000,000.00 (Dieciocho millones de pesos 00/100 M.N.); por lo que ordena el archivo del expediente número 697, del índice de la Comisión Permanente de Hacienda de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, como asunto concluido.

65.46 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, desecha la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Inversión del Emprendedor del Estado de Oaxaca: por lo que ordena el archivo del expediente número 307, del índice de la Comisión Permanente de Hacienda de la Sexagésima Tercera Legislatura Constitucional del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, como asunto concluido.

65.47 c) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, desecha la proposición con Punto de Acuerdo por el que, respetuosamente se exhortaba al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, para que al integrar la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2021, proponga reformas a la Ley Estatal de Derechos de Oaxaca y demás ordenamientos fiscales donde se regulen las contribuciones para el registro y control de vehículos en el Estado de Oaxaca, con el objeto de que se establezcan cuotas y tarifas accesibles a los diversos grupos de contribuyentes y con ello se evite que los propietarios de vehículos con residencia en el Estado de Oaxaca, sigan realizando emplacamientos en otras entidades federativas, pues con ello existe fugas de contribuciones locales y no existe un buen control vehicular en el Estado de Oaxaca. Por lo que se ordena el archivo del expediente número 1267, del índice de la Comisión Permanente de Hacienda de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, como asunto concluido.

65.48 d) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, desecha la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Decreto Número 723. Por lo que se ordena el archivo del expediente número 698, del índice de la Comisión Permanente de Hacienda de la Sexagésima Tercera Legislatura Constitucional del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, como asunto concluido.

65.49 e) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, desecha la solicitud de autorización para financiamiento ante el sistema financiero mexicano por un monto de $10´000,000.00. (Diez millones de pesos 00/100 M.N), presentada por las Autoridades Municipales del Ayuntamiento de Candelaria Loxicha, Pochutla, Oaxaca. Por lo que se ordena el archivo del expediente número 714, del índice de la Comisión Permanente de Hacienda de la Sexagésima Tercera Legislatura Constitucional del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, como asunto concluido.

65.50 f) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, Desecha la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 4 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Oaxaca, y ordena el archivo del expediente 635 como asunto concluido.

65.51 g) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, ordena el archivo del expediente número 1257 del índice de la Comisión Permanente de Hacienda como asunto concluido y deja a salvo el derecho de la promovente, para volver a presentar la Proposición con Punto de Acuerdo que motivó la integración del expediente cuyo archivo se acuerda.

65.52 h) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, ordena el archivo del expediente número 1232 del índice de la Comisión Permanente de Hacienda como asunto concluido y deja a salvo el derecho de la Diputada Aleida Tonelly Serrano Rosado, para volver a presentar la Proposición con Punto de Acuerdo que motivó la integración del expediente cuyo archivo se acuerda.

65.53 COMISIÓN PERMANENTE DE IGUALDAD DE GÉNERO. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un Artículo 18 BIS a la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género.

65.54 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente a la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca, a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca y a la Secretaria de Seguridad Pública de Oaxaca, para que, de manera inmediata, realice una mayor difusión en los medios masivos de comunicación sobre los programas y campañas que han implementado para fortalecer la cultura de la denuncia de situaciones de violencia familiar, empleando para tal efecto mecanismos para establecer una estrecha coordinación con los 570 municipios del estado, para que estos cuenten con dicha información, y a su vez brinden la mayor difusión con los medios a su alcance. Asimismo, se exhorta respetuosamente a los 570 Municipios del Estado de Oaxaca, a fin de que a través de sus páginas web, redes sociales y demás medios de comunicación oficial y que por costumbre emplean, brinden la mayor difusión posible a las campañas implementadas por la Secretaria de las Mujeres de Oaxaca, Fiscalía General del Estado de Oaxaca y la Secretaria de Seguridad Pública de Oaxaca, para fortalecer la cultura de la denuncia de situaciones de violencia familiar y, a su vez, orienten a las víctimas y den seguimiento a sus denuncias.

65.55 c) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta al Titular del Poder Ejecutivo Estatal, Mtro. Alejandro Murat Hinojosa, para que en cumplimiento de los artículos 4, 32, 33 y 34 de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, observe e implemente de manera inmediata a través del Sistema Estatal de Prevención Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia, las recomendaciones contenidas en la Recomendación General 43/2020 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, sobre Violación al Acceso a la Justicia e Insuficiencia en la Aplicación de Políticas Públicas en la Prevención, Atención, Sanción y Reparación Integral del Daño a Personas Víctimas Directas e Indirectas de Feminicidios y Otras Violencias, con el objetivo de garantizar una vida libre de violencia a las mujeres de Oaxaca. Asimismo, Al Titular de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca para que observe y de cumplimiento a las recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, garantizando en los casos que se requiera, la emisión de manera oportuna y diligente las medidas de protección que establece el Código Nacional de Procedimientos Penales en favor de las mujeres víctimas de violencia por razón de género, en sus distintas expresiones, así como de aquellas por desaparición, desaparición forzada y feminicidio. Finalmente se exhorta al Titular de la Defensoría de Derechos Humanos para que vigile y coadyuve a las autoridades integrantes del Sistema Estatal de Prevención Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia en la implementación de las recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

65.56 d) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta al Gobernador Alejandro Murat Hinojosa, a instrumentar de manera urgente acciones que detengan la matanza impune de mujeres y niñas en el Estado, y establezca de inmediato una política transversal e integral para la prevención y atención de la violencia de género contra las mujeres.

65.57 e) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta al Presidente Municipal del Municipio de San Juan Ozolotepec, Miahuatlán, Oaxaca, para que se abstenga de realizar cualquier acto de molestia en contra de la ciudadana Rosalva Aragón Hernández, que pueda configurarse en algún tipo de violencia en razón de género.

65.58 f) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente a la Titular del Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia Nacional (DIF Nacional) en el Estado de Oaxaca, para que en el ámbito de sus atribuciones cambie o adecue la denominación de la casa hogar para ancianos “Los Tamayo”, por una denominación en la que se haga uso de un lenguaje apropiado e incluyente en cuanto a lo que establece la ley de los derechos de las personas adultas mayores.

65.59 g) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta al Titular de la Secretaria de las Mujeres de Oaxaca, para que en el ámbito de sus atribuciones pondere la permanencia del servicio de los centros de desarrollo de las mujeres dentro de la Región de la Cañada, zona en la que fue decretada la alerta por violencia de género contra las mujeres, a efecto de promover e impulsar el emprendimiento de acciones afirmativas desde una perspectiva de género, detectar necesidades e intereses, contribuir en el desarrollo integral y lograr la igualdad sustantiva en beneficio de las mujeres, adolescentes y niñas.

65.60 h) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta a la Titular de la Secretaría de las Mujeres para que implemente y coordine las políticas públicas, establecidas en el artículo 46-C de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; así como a la Titular de la Fiscalía Especializada para la Atención a Delitos contra la Mujer por Razón de Género, para que brinde la atención adecuada y suficiente a las mujeres y niñas víctimas de delitos por razón de género.

65.61 i) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta al Presidente Municipal, Regidor de Seguridad, Comandante de la Policía Municipal, Sargento de la Policía Municipal del Honorable Ayuntamiento de San Andrés Ixtlahuaca, a abstenerse de realizar cualquier acto de molestia en contra de las ciudadanas Angélica Silvia Matadamas Lazcares y Ramona Nicolasa López López, Regidoras de Hacienda y Educación del citado Ayuntamiento, que puedan configurarse por algún tipo de violencia en razón de género especialmente la de índole político, haciéndoles del conocimiento al Presidente Municipal y Regidor de Seguridad que la violencia política por razón de género decretada por un órgano jurisdiccional, es causal para declarar la suspensión o revocación de su mandato, en términos de lo establecidos en los artículos 60 y 61 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

65.62 COMISIÓN PERMANENTE DE INFRAESTRUCTURAS, DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta al Titular del Poder Ejecutivo del Estado para que, por conducto del Titular de la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable, presente a esta Soberanía información sobre los procedimientos, requisitos, criterios de seguridad, técnicos y legales que se utilizan para autorizar la instalación de estaciones de servicio y de Gas Licuado de Petróleo en zonas urbanas, suburbanas y rurales del territorio del Estado de Oaxaca.

65.63 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta al Maestro Alejandro Ismael Murat Hinojosa, Gobernador del Estado de Oaxaca; a los Presidentes Municipales del Estado; a los Titulares de la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable, Caminos y Aeropistas de Oaxaca, Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, para que en el ámbito de sus facultades y atribuciones brinden la atención necesaria, implementen, elaboren y operen programas intensivos en el mantenimiento y reparación de las calles, calzadas, avenidas, caminos, carreteras Estatales y demás carpetas asfálticas que han sido deterioradas en forma natural o por la incorrecta construcción de las mismas.

65.64 COMISIÓN PERMANENTE DE MEDIO AMBIENTE, ENERGÍAS RENOVABLES Y CAMBIO CLIMÁTICO. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XXX y se adicionan las fracciones XXXI y XXXII al artículo 8 de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos.

65.65 b) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable del Estado de Oaxaca, para que, en el ámbito de sus competencias, se incentive la separación de residuos sólidos desde la casa, realizando campañas de difusión, así como capacitar a las nuevas autoridades municipales.

65.66 c) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta respetuosamente al Titular de la Comisión Estatal Forestal de Oaxaca, (COESFO), a fin de que establezca una vinculación directa con los Ayuntamientos del Estado, primordialmente con los ejidos y las comunidades agrarias, para que de manera coordinada establezcan una campaña intensa de reforestación y de concientización sobre la conservación y aprovechamiento racional y sustentable de especies forestales maderables, dentro de sus límites territoriales, como una de las medidas necesarias para revertir los efectos adversos del cambio climático de nuestro planeta.

65.67 d) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, ordena el archivo del expediente número 20 del índice de la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Energías Renovables y Cambio Climático de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado, como asunto total y definitivamente concluido.

65.68 e) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, ordena el archivo del expediente número 80 del índice de la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Energías Renovables y Cambio Climático de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado, como asunto total y definitivamente concluido.

65.69 COMISIÓN PERMANENTE DE MOVILIDAD, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se adiciona el transitorio décimo cuarto al Decreto número 634 mediante el cual se aprueba la Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca.

65.70 COMISIÓN PERMANENTE DE SALUD. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta al Titular de la Secretaria de Salud Federal, al Titular de la Secretaria de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Oaxaca, al Delegado en Oaxaca del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, al Delegado del Instituto Mexicano del Seguro Social en Oaxaca, a la Delegada Estatal de Programas para el Desarrollo en el Estado de Oaxaca y Encargada de la campaña de vacunación contra el Covid-19 en nuestro Estado, asi como a la Secretaria de Seguridad Pública del Estado, para que de manera coordinada y en el ámbito de sus respectivas competencias implementen estrategias y acciones para dar a conocer de manera clara y sencilla el esquema de vacunación contra el Covid-19, asi también para que de manera eficiente y eficaz se apliquen las vacunas a los médicos de primera línea de batalla contra la pandemia, y demás sectores esenciales de la población como los operadores y/o conductores del servicio de transporte público, a los integrantes de los cabildos municipales, a los privados de su libertad, al personal de salud de la jurisdicción número 2 del istmo de Tehuantepec, y a los habitantes del municipio de San Juan Bautista Tuxtepec, Oaxaca y de toda la región del Papaloapan.

65.71 COMISIÓN PERMANENTE DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, exhorta al Secretario de Seguridad Pública, para que instruya a las áreas administrativas de cada Institución de Seguridad Pública que lleven a cabo en tiempo y forma, la integración de los expedientes para el pago del seguro de vida a los beneficiarios de los policías que han perdido la vida en cumplimiento a su deber.

65.72 COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y CONGRESO ABIERTO; Y DE MEDIO AMBIENTE, ENERGÍAS RENOVABLES Y CAMBIO CLIMÁTICO. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, se adhiere al acuerdo de la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado de Querétaro, ´por el que exhorta a la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, a efecto de que se implementen las acciones y condiciones necesarias para que se apruebe el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú); asimismo, exhorta a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, del Poder Ejecutivo Federal (SEMARNAT), para que implemente políticas públicas y mecanismos de transparencia y que la información en materia ambiental, sea fácil, accesible, oportuna, y totalmente transparente en todos y cada uno de sus trámites, procesos, procedimientos, investigaciones, apoyos, programas, acciones y políticas públicas relacionadas con asuntos ambientales.

65.73 COMISIÓN PERMANENTE DE VIGILANCIA AL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO. a) Declaratoria de publicidad en primera lectura del Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se expide el Reglamento Interior de la Unidad Técnica de la Comisión de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca.

65.74 COMISIÓN PERMANENTE DE VIGILANCIA DEL SISTEMA ESTATAL DE COMBATE A LA CORRUPCIÓN. a) Declaratoria de Publicidad en Primera Lectura del Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, designa a las y los siguientes ciudadanos para integrar la Comisión de Selección del Comité de Participación del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción a Luz Alejandra Hernández Rojas, Leticia Castellanos Martínez, Cecilia Liliana Calderón Gómez, María Soledad Santiago Carrasco, Abigail Castellanos García, Juan Carlos Chávez Martínez, Fermín Rodrigo Ayora Arroyo, Erick Gómez Ramírez, Hugo Hipólito Lazo.

66 Elección de las y los Diputados que integrarán la Diputación Permanente que fungirá en el Primer Periodo de Receso del Tercer Año de Ejercicio Legal de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

67 Asuntos Generales.

Nota:

NOTA: El orden del día que se publica en la Gaceta Parlamentaria, está sujeto a modificaciones y a la aprobación definitiva que la Mesa Directiva pueda realizar, hasta antes del inicio de la misma.