ÚNICO. DICTAMEN DE COMISIÓN PERMANENTE EN SEGUNDA LECTURA.
1.1 COMISIÓN PERMANENTE DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES. a) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca reforma la fracción IV del artículo 3, el cuarto párrafo del artículo 35, la fracción LXX del artículo 59; se adiciona un párrafo segundo a la fracción II del artículo 3; y se deroga el apartado C del artículo 114 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.